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Durante los 13 años que he ejercido como policía local, he visto accidentes de toda clase y soy consciente del dolor físico que sientes y de la angustia que embarga a tus familiares.

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Puedo ayudarte, pero no lo dejes mucho tiempo, los plazos corren, y después no podremos hacer nada.

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Accidentes

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Puedo ayudarte en el proceso, he participado en la investigación de decenas
accidentes y conozco cómo es su mecánica; por ello puedo advertir detalles que pueden jugar a tu favor.

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Reclamaciones de citas médicas y negligencias sanitarias

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Contacta ahora conmigo para analizar tu situación concreta, pondré en marcha la reclamación pertinente ejercitando los derechos que te amparan como beneficiario del sistema público de salud.

SOBRE MÍ

Publicaciones
caminando derecho libro
José Antonio Rodríguez

Founding Partner

Esta vida es un juego y como todo juego tiene sus reglas: conocerlas te permitirán ganar la partida, lo contrario te convertirá en un rival fácil de batir.

Tarde o temprano deberás jugar partidas en las que hay mucho en juego: negociar una hipoteca, buscar una vivienda, participar en una herencia o sufrir un despido. 

Conocer los detalles en cada uno de estos aspectos resulta vital para salir airoso de la contienda. 

Tienes en tus manos una obra que te dotará de la mejor de las armas: el conocimiento

Tú decides si quieres jugar provisto de yelmo, coraza y espada, o por el contrario, descalzo y desarmado.

Caminando Derecho es una obra esencial para todo aquel que busque seguridad en su vida jurídica, y la principal motivación de su autor ha sido brindar al lector de los conocimientos de sus derechos como individuo de la sociedad en la que vive.

Empezar el juego ganando te dará ventaja, ¿quieres ganar o perder? Yo lo tengo claro.

Testimonios

Qué dicen nuestros clientes
Lucia Rodriguez Choza
Lucia Rodriguez Choza
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Excelente abogado en Málaga, sin duda volvería a contratarlo. Me ayudó a adquirir mi vivienda en Málaga ya que era una nuda propiedad y todo fue genial. Gracias por ayudarme a conseguir mi independencia!
MARIO BRAVO GÓMEZ
MARIO BRAVO GÓMEZ
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Agradezco a Jose Antonio su profesionalidad y saber hacer. Es un excelente abogado en Málaga. En mi caso me ha solucionado la reclamación de los gatos hipotecarios. Recomiendo Gestione abogado porque en todo momento me ha mantenido informado del proceso con una actitud cercana y muy eficiente. Muchas gracias
Juan Luis Lopez Quintero
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Abogado muy profesional en Málaga, que te ayudará con paciencia y sinceridad.
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SOBRE MÍ

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José Antonio Rodríguez

Founding Partner

Si sólo necesitas un abogado, por favor, no sigas leyendo: abandona esta página inmediatamente.

Exacto, si únicamente quieres que te defienda alguien que se haya dedicado a estudiar durante 4 años el grado de Derecho y haya superado el Máster de acceso a la Abogacía, puedes seguir buscando, este no
es el lugar adecuado.

Ahora bien, quizá preferirías confiar tus preocupaciones a alguien que, además de lo anterior haya limpiado platos y cristales desde los 16 años, que con 24 años superó oposiciones de acceso al Cuerpo Nacional de Policía y para el Cuerpo de la Policía Local, que no contento con eso y con un ánimo de crecer y superar retos, obtuvo la titulación conducente al ejercicio de la abogacía con dos matrículas de honor y otros tantos sobresalientes, y si no fuera suficiente, es escritor de la obra “Caminando Derecho” publicada en el año 2024; si piensas que con estas bases tus asuntos están mejor protegidos, sigue leyendo estás en el lugar indicado.

Soy José Antonio Rodríguez Choza, abogado especialista en Derecho del Trabajo y autor del libro “Caminando Derecho”, dedico todos mis esfuerzos a obtener los mejores resultados para todo aquel que confía en mi sus intereses.

Provengo de una familia humilde: mi abuelo materno fue maestro alfarero y su puesto de trabajo se desempeñaba junto a hornos que alcanzaban más de 600ºC, mi abuelo paterno fue minero en las minas de plomo de Linares, mi padre ha sido conductor profesional realizando jornadas de más de 12 horas diarias y mi madre, prácticamente ciega, se ha dedicado a cuidar a la familia.

Por todo ello me dedico al derecho del trabajo, soy plenamente consciente de lo duro que resulta hoy día sacar una familia adelante, de lo complejo que resulta conciliar vida familiar y laboral, y de las complejidades que presentan las relaciones laborales.

La amenaza de un despido, ser víctima de un accidente laboral o sufrir acoso laboral son cuestiones de las que nadie está libre en la actualidad, y la mejor herramienta para paliar sus consecuencias es una adecuada defensa jurídica, en manos de un profesional que esté verdaderamente comprometido con su tarea, yendo más allá de lo estrictamente profesional.

El ejercicio de la abogacía es mi pasión y me esmero por ser el mejor en todo lo que hago, tanto más si se trata de la defensa de los derechos de mis clientes, contacta conmigo para resolver tus dudas, estaré encantado de atenderte.

Un abrazo.

Preguntas típicas de nuestro clientes

Preguntas frecuentes

En primer lugar, el despido tiene que cumplir una serie de formalidades para cumplir con la normativa actual: ha de ser por escrito y comunicado con una antelación mínima de 15 días.

En la carta de despido se tiene que argumentar y justificar las razones que dan lugar a la extinción de tu contrato, todo ello para que puedas conocer los motivos y poder realizar el control de la legalidad de la medida.

El despido es una decisión empresarial extrema y de máxima gravedad, por ello la ley establece unos mecanismos de defensa para los empleados que se controlan por medio de las autoridades laborales, cuya función es valorar los hechos para determinar su validez.

Si no estás conforme con esta decisión, siempre cabe la posibilidad de impugnar ante las autoridades en el plazo de 20 días laborables.

El primer paso es activar la vía de la conciliación laboral. En este caso se someterá a examen el despido ante los servicios administrativos de la comunidad autónoma y finalizará, bien con acuerdo que vinculará a empleador y empleado o sin acuerdo, en cuyo caso se deberá acudir a la vía judicial.

En ambos procedimientos podrás personarte sin abogado, extremo que yo no aconsejo puesto que la empresa siempre va de la mano de un experto y tendrá ventaja sobre ti.

¿QUIERES SABER MÁS?

El despido podrá ser calificado como procedente en los supuestos de que concurran causas objetivas o disciplinarias. Las causas objetivas responden a razones de interés empresarial y las disciplinarias son imputables a la propia conducta del empleado, ya sea porque incurre en infracciones disciplinarias lo suficientemente graves como para decidir su expulsión de la empresa o por la propia “ineptitud del empleado”. En el supuesto de ser un despido disciplinario el empleado no tiene derecho a indemnización, aunque sí a finiquito y a paro.

En el supuesto de calificarse el despido como procedente por razones objetivas, la extinción del trabajo está justificada y pondrá fin a la relación laboral. Así el empleado tendrá derecho a recibir una indemnización equivalente a veinte días por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades. Igualmente tiene derecho a finiquito y a paro.

¿QUIERES SABER MÁS?

Si el despido se declara improcedente por un juez o un tribunal, el empleador tiene dos opciones:

  • Readmitir al trabajador en su puesto de trabajo, con las mismas condiciones que tenía antes del despido.
  • Indemnizar al trabajador, pagándole una cantidad calculada en función del tiempo trabajado y el salario.

Nota: Si el trabajador despedido es un representante sindical o delegado de personal, es él quien decide si quiere ser readmitido o recibir la indemnización, no la empresa.

  1. Indemnización por despido improcedente

Si la empresa opta por no readmitir al trabajador, deberá pagar una indemnización, que se calcula de la siguiente manera:

  • 33 días de salario por año trabajado a partir de esa fecha.

El máximo de indemnización no puede superar los 24 meses de salario,

  1. Salarios de tramitación
  • Si el empresario decide la readmisión del trabajador, deberá pagarle también los salarios de tramitación. Estos son los salarios que el empleado dejó de percibir desde la fecha en que fue despedido hasta que se emite la sentencia judicial que declara el despido improcedente.
  • Si se opta por la indemnización en lugar de la readmisión, generalmente no se deben pagar los salarios de tramitación, salvo en casos excepcionales como los de representantes sindicales.
  1. Cotizaciones a la Seguridad Social

En caso de readmisión, el empleador está obligado a pagar las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes al período en que el trabajador estuvo despedido. Este período cuenta como tiempo trabajado, y se regularizan todas las aportaciones que el empresario no hizo durante ese tiempo.

  1. Derecho a prestación por desempleo

Durante el tiempo que el trabajador esté despedido y mientras no se resuelva su situación, tiene derecho a solicitar la prestación por desempleo. Si finalmente es readmitido, deberá devolver las cantidades percibidas por desempleo y la empresa deberá pagarle los salarios de tramitación.

  1. Costes para la empresa
  • Además de la indemnización y los salarios de tramitación (si corresponde), la empresa puede enfrentar costes legales si el proceso judicial requiere la intervención de abogados o asesores.
  • Un despido improcedente también puede tener efectos en la reputación de la empresa y afectar negativamente su relación con otros empleados, dado que puede ser visto como un acto injusto o indebido.

En resumen, en España, un despido improcedente tiene importantes repercusiones económicas para la empresa, que deberá optar entre readmitir al trabajador o indemnizarlo, así como asumir los salarios de tramitación si opta por la reincorporación. Además, puede haber consecuencias a nivel de cotizaciones a la Seguridad Social y de prestación por desempleo para el trabajador.

¿QUIERES SABER MÁS?

El despido nulo es aquel que se considera inválido por ser contrario a la ley, generalmente por violar derechos fundamentales o libertades públicas del trabajador. El despido nulo tiene consecuencias muy específicas y diferentes de los despidos improcedentes o procedentes. Los principales efectos de un despido nulo en España son:

  1. Readmisión obligatoria del trabajador
  • La empresa está obligada a readmitir al trabajador en el mismo puesto de trabajo y con las mismas condiciones laborales que tenía antes del despido.
  • No existe la opción de optar por una indemnización en lugar de la readmisión, como ocurre en los casos de despido improcedente.
  1. Pago de salarios de tramitación
  • El empleador debe pagar al trabajador los salarios de tramitación, que corresponden a los salarios que dejó de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de la readmisión efectiva.
  • Estos salarios deben incluirse junto con la reincorporación del trabajador.
  1. Cotizaciones a la Seguridad Social
  • La empresa debe ingresar las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes al período en el que el trabajador estuvo despedido, ya que dicho tiempo se considera como si hubiera estado trabajando. Este periodo cuenta para efectos de antigüedad y jubilación.
  1. Consecuencias adicionales si el despido es por discriminación
  • Si el despido es declarado nulo por razones de discriminación, como puede ser por género, raza, religión, orientación sexual, discapacidad, o por estar en situaciones protegidas como el embarazo, el empleador puede enfrentarse a multas o sanciones adicionales impuestas por los tribunales.
  • Además, el trabajador puede solicitar una compensación adicional por daños morales ante el tribunal, ya que la discriminación es una violación grave de derechos fundamentales.
  1. Causas más comunes del despido nulo
  • Discriminación: Cuando el despido se debe a razones discriminatorias prohibidas por la ley, como la raza, el género, la religión, la orientación sexual, la discapacidad, etc.
  • Embarazo y maternidad/paternidad: El despido de una trabajadora embarazada, en situación de maternidad o paternidad, o de una persona que haya solicitado reducción de jornada para cuidar de hijos o familiares, es nulo.
  • Derechos fundamentales y libertades públicas: Si el despido vulnera derechos fundamentales, como el derecho a la libertad sindical, la huelga o la tutela judicial efectiva, se considera nulo.
  • Despido durante la baja por enfermedad o accidente: Si el despido ocurre durante una baja médica sin causa objetiva clara, también puede ser declarado nulo si se demuestra que es una represalia.

Aunque cabría pensar que todo despido unido a las anteriores causas sería nulo, no podemos olvidar, que cuando concurra causa disciplinaria -a pesar de que la empleada estuviere de permiso por maternidad- podría calificarse el despido procedente.

  1. Protección adicional de los representantes de los trabajadores
  • En el caso de representantes de los trabajadores o delegados sindicales, un despido sin las formalidades legales o basado en su función de representación se considera nulo, y los efectos son igualmente la readmisión y el pago de salarios de tramitación.

Resumen de los efectos del despido nulo:

  • Readmisión inmediata del trabajador.
  • Pago de los salarios de tramitación desde el despido hasta la reincorporación.
  • Cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de despido.
  • Posibles sanciones adicionales si el despido se declara nulo por motivos discriminatorios o vulneración de derechos fundamentales.

En definitiva, un despido nulo busca proteger de manera integral los derechos fundamentales del trabajador, forzando a la empresa a revertir la situación y a resarcir al trabajador por el tiempo que estuvo indebidamente despedido.

¿QUIERES SABER MÁS?

No, el finiquito y la indemnización por despido no son lo mismo, aunque ambos son pagos que un trabajador puede recibir al finalizar su relación laboral. A continuación te explico las diferencias clave:

  1. Finiquito
  • Definición: El finiquito es la liquidación de las cantidades que la empresa debe pagar al trabajador por los días trabajados y no pagados hasta la fecha de finalización del contrato. También incluye otros conceptos como vacaciones no disfrutadas y posibles pagas extraordinarias.
  • Cuándo se paga: Se paga siempre que finaliza la relación laboral, ya sea por despido, dimisión voluntaria del trabajador, finalización de contrato temporal, etc.
  • Conceptos que incluye:
    • Salario de los días trabajados en el mes en curso hasta la fecha de la finalización del contrato.
    • Vacaciones no disfrutadas: Si el trabajador no ha disfrutado de todos los días de vacaciones que le corresponden por ley, se le pagan proporcionalmente.
    • Pagas extraordinarias: En algunos casos, si las pagas extras no están prorrateadas, se incluirá la parte proporcional de las pagas extraordinarias no cobradas.
    • Horas extras: Si las hubiera, también deben liquidarse.
  1. Indemnización por despido
  • Definición: La indemnización por despido es una compensación económica que el trabajador recibe en determinados tipos de despidos (como el despido improcedente, objetivo, o colectivo) como compensación por la terminación de su contrato sin una causa justificada o por razones objetivas.
  • Cuándo se paga: Se paga solo en caso de despido, y dependiendo del tipo de despido:
    • En el despido objetivo, se paga una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades.
    • En el despido improcedente, la indemnización es de 33 días de salario por año trabajado (45 días por año para el tiempo anterior a la reforma laboral de 2012), con un límite de 24 mensualidades.
  • Conceptos que incluye:
    • La indemnización no incluye salarios pendientes ni vacaciones no disfrutadas. Solo compensa al trabajador por la finalización del contrato de manera injustificada o por motivos objetivos.

Diferencias clave entre finiquito e indemnización:

  • Obligatoriedad: El finiquito se paga en cualquier tipo de extinción de contrato (dimisión, despido, fin de contrato temporal, etc.), mientras que la indemnización se paga solo en despidos (y no en todos los casos, como en el despido procedente).
  • Contenido: El finiquito incluye conceptos como salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas, y pagas extraordinarias, mientras que la indemnización es una compensación económica calculada en función de la antigüedad y tipo de despido.
  • Motivo del pago: El finiquito liquida lo que se debe al trabajador hasta la fecha de su salida; la indemnización compensa por la ruptura del contrato en ciertos tipos de despido.

En resumen, el finiquito es el pago de lo que ya se ha trabajado o devengado, mientras que la indemnización por despido es una compensación por la terminación de la relación laboral según las causas del despido. Ambos pagos pueden coexistir en caso de despido, pero son conceptos distintos.

¿QUIERES SABER MÁS?

Si has sufrido un accidente laboral, es importante seguir ciertos pasos para proteger tu salud y garantizar que tus derechos como trabajador sean respetados. A continuación te indico las acciones que debes tomar:

  1. Busca atención médica inmediata
  • Lo más importante es recibir atención médica lo antes posible. Acude a un centro médico concertado por la mutua de accidentes de trabajo de tu empresa, que es la encargada de gestionar los accidentes laborales.
  • Si el accidente es grave o no puedes desplazarte, acude al hospital o servicio de urgencias más cercano, y luego informa que se trata de un accidente laboral para que se gestione adecuadamente.
  • El centro médico te emitirá un parte de asistencia y, si es necesario, un parte de baja médica.
  1. Informa a tu empresa
  • Debes informar inmediatamente a tu empleador o superior sobre el accidente. La empresa tiene la obligación de comunicarlo a la mutua o al servicio de prevención de riesgos laborales.
  • La empresa deberá emitir el parte de accidente de trabajo en un plazo máximo de 5 días desde el incidente si has sufrido lesiones que requieren atención médica.
  1. Documenta el accidente
  • Recoge pruebas del accidente, como testigos, fotografías del lugar o las circunstancias en que ocurrió. Esto puede ser útil si posteriormente hay discrepancias sobre lo ocurrido.
  • Guarda todos los documentos médicos relacionados con el accidente (informes, recetas, pruebas, etc.), ya que serán importantes en caso de que necesites reclamar indemnización o solicitar una prestación.
  1. Parte de baja médica
  • Si las lesiones te impiden trabajar, el médico te emitirá un parte de baja laboral por accidente de trabajo. Durante este tiempo, tendrás derecho a una prestación económica del 75% de tu base reguladora desde el día siguiente al accidente, aunque algunos convenios colectivos imponen el deber de complementar el salario hasta el 100%.
  1. Derechos a la prestación por incapacidad temporal
  • Mientras estés de baja, recibirás la prestación por incapacidad temporal derivada de accidente laboral. Esta prestación la pagará la mutua colaboradora de la Seguridad Social.
  • 6. Posibilidad de solicitar una indemnización
  • Si el accidente se debió a negligencia por parte de la empresa (falta de medidas de seguridad, equipos defectuosos, etc.), puedes reclamar una indemnización por daños y perjuicios.
  • Esto se puede gestionar mediante una reclamación legal, que puede implicar un recargo de prestaciones (un incremento en el valor de la prestación económica que recibes) si se demuestra que el accidente fue causado por el incumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales por parte de la empresa.
  1. Evaluación para incapacidad permanente
  • Si tras el tratamiento médico sufres secuelas permanentes que te impiden realizar tu trabajo habitual, podrías solicitar una incapacidad permanente. Dependiendo del grado de incapacidad (parcial, total, absoluta o gran invalidez), podrías tener derecho a una pensión.
  1. Contacta con un abogado laboralista
  • Si el accidente es grave o consideras que hay responsabilidad por parte de la empresa, es recomendable consultar con un abogado especializado en derecho laboral. Te ayudará a evaluar si puedes solicitar una indemnización adicional por los daños sufridos.
  1. Comunicación a la Inspección de Trabajo (opcional)
  • Si consideras que el accidente se debió a un incumplimiento de las normas de seguridad, puedes presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo para que investigue si se han incumplido las normativas de prevención de riesgos laborales. Esto podría llevar a sanciones para la empresa y a la adopción de medidas correctivas.

Resumen de los pasos a seguir:

  1. Busca atención médica en el centro concertado o en urgencias.
  2. Informa a tu empresa inmediatamente.
  3. Documenta el accidente con pruebas y guarda los informes médicos.
  4. Si es necesario, recibe el parte de baja y comienza la prestación por incapacidad.
  5. Evalúa la posibilidad de reclamar una indemnización si hubo negligencia.
  6. Consulta con un abogado laboralista si consideras que tus derechos están en riesgo o si hay complicaciones legales.

Tomar estos pasos es clave para garantizar tu recuperación y defender tus derechos como trabajador.

¿QUIERES SABER MÁS?

Sí, existen seguros privados que cubren el riesgo de un accidente laboral, además de las mutuas que suelen encargarse de estos incidentes en el ámbito laboral. Aunque las mutuas de accidentes de trabajo están obligadas a cubrir los accidentes laborales en España según la legislación vigente, muchos trabajadores y empresas optan por contratar seguros privados para obtener una cobertura adicional o más específica. A continuación, te explico los principales tipos de seguros que pueden cubrir accidentes laborales:

  1. Seguros de accidentes laborales privados
  • Son seguros contratados por trabajadores autónomos, empresas o incluso por empleados para tener una cobertura adicional a la proporcionada por la mutua. Estos seguros pueden cubrir:
    • Indemnizaciones por lesiones o secuelas derivadas del accidente laboral.
    • Coberturas en caso de incapacidad temporal o permanente.
    • Asistencia sanitaria complementaria a la ofrecida por la mutua o la Seguridad Social.
    • Compensación económica para el trabajador en caso de baja laboral prolongada.
  • Este tipo de seguros suelen ser más completos y pueden incluir también la cobertura de accidentes fuera del entorno laboral (accidentes personales), lo que amplía la protección del asegurado.
  1. Seguros de responsabilidad civil empresarial
  • Las empresas pueden contratar este tipo de seguros para cubrirse frente a posibles demandas de indemnización derivadas de accidentes laborales. Si un trabajador sufre un accidente por falta de medidas de seguridad o por negligencia de la empresa, esta póliza puede cubrir:
    • Indemnizaciones por daños y perjuicios que el trabajador reclame.
    • Recargos de prestaciones en caso de sanciones por incumplimiento de normativas de seguridad laboral.
  • Este seguro no solo protege a los trabajadores, sino también a la empresa, al asumir los costes de las indemnizaciones que podrían surgir.
  1. Seguros de convenio colectivo
  • En muchos sectores, los convenios colectivos establecen la obligatoriedad de contratar un seguro de accidentes para los trabajadores. Este seguro cubre los riesgos laborales específicos de la actividad de la empresa o el sector.
  • Las coberturas suelen incluir indemnizaciones por fallecimiento, incapacidad permanente, y a veces incluso incapacidad temporal derivada de un accidente laboral o enfermedad profesional.
  1. Seguros para autónomos
  • Los autónomos no siempre están cubiertos por las mutuas como los trabajadores por cuenta ajena, por lo que pueden contratar seguros específicos que cubran tanto accidentes laborales como no laborales.
  • Estos seguros suelen incluir:
    • Cobertura por incapacidad temporal o permanente.
    • Indemnización por secuelas físicas derivadas de un accidente.
    • Asistencia sanitaria en caso de accidente, además de compensaciones económicas para mantener ingresos durante una baja prolongada.
  • Los autónomos que coticen en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) pueden estar cubiertos por las mutuas, pero muchos prefieren contratar un seguro privado adicional para obtener mejores coberturas.
  1. Seguros de vida con cobertura de accidente laboral
  • Algunos seguros de vida ofrecen coberturas adicionales en caso de fallecimiento o incapacidad permanente derivados de un accidente laboral.
  • En caso de que el asegurado sufra un accidente que provoque su incapacidad o fallecimiento, el seguro proporcionará una indemnización a los beneficiarios designados o al propio asegurado.
  1. Seguros de salud con cobertura de accidentes laborales
  • Aunque los seguros de salud privados suelen estar enfocados a la atención sanitaria general, algunas pólizas también incluyen coberturas por accidentes laborales, garantizando un acceso más rápido y especializado a tratamientos médicos, rehabilitación o incluso cirugías.

¿Por qué contratar un seguro privado si ya existe la mutua?

  • Cobertura adicional: Las mutuas cubren lo esencial (asistencia médica, prestación por incapacidad temporal, etc.), pero un seguro privado puede ofrecerte indemnizaciones complementarias o mejoras en la atención médica.
  • Cobertura fuera del entorno laboral: Algunos seguros de accidentes cubren tanto accidentes laborales como no laborales, algo que las mutuas no contemplan.
  • Indemnización por secuelas: Un seguro privado puede ofrecer indemnizaciones por lesiones o secuelas que pueden ser muy útiles en casos de accidentes graves.
  • Flexibilidad y rapidez: Los seguros privados pueden darte acceso a clínicas privadas y especialistas de manera más rápida, en comparación con las mutuas.

En resumen, sí es posible contratar seguros privados que cubran el riesgo de accidentes laborales, y son una opción tanto para empresas como para trabajadores que buscan una protección adicional o más personalizada.

¿QUIERES SABER MÁS?

La incapacidad permanente se refiere a la situación en la que un trabajador sufre una reducción o pérdida definitiva de su capacidad para trabajar como consecuencia de una enfermedad o accidente, ya sea de origen común o laboral. Esta incapacidad puede ser total o parcial según el grado de limitación, y determina si el trabajador puede continuar trabajando o no, y en qué condiciones.

La incapacidad permanente está regulada por la Seguridad Social y se clasifica en diferentes grados, cada uno de los cuales conlleva distintos derechos y prestaciones. A continuación te explico las diferentes categorías:

  1. Grados de incapacidad permanente

Existen varios grados de incapacidad permanente, dependiendo de la severidad de las lesiones o enfermedades y del impacto en la capacidad del trabajador para desempeñar su trabajo habitual o cualquier tipo de empleo:

  1. a) Incapacidad Permanente Parcial (IPP)
  • Definición: Es aquella que no impide al trabajador realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual, pero reduce su capacidad de trabajo en al menos un 33%.
  • Ejemplo: Un trabajador que pierde una parte de la movilidad de su brazo podría continuar trabajando, pero con ciertas limitaciones.
  • Prestación: La prestación por incapacidad permanente parcial se paga como una indemnización a tanto alzado, equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora del trabajador.
  1. b) Incapacidad Permanente Total (IPT)
  • Definición: Implica que el trabajador está incapacitado para realizar su profesión habitual, pero puede desempeñar otro tipo de trabajo.
  • Ejemplo: Un conductor de autobús que pierde la vista en un ojo puede estar incapacitado para seguir conduciendo, pero podría trabajar en una oficina.
  • Prestación: Se otorga una pensión vitalicia equivalente al 55% de la base reguladora del trabajador. Esta pensión puede incrementarse en un 20% (hasta el 75%) si el trabajador tiene más de 55 años y se presume que tiene dificultades para encontrar empleo en otra actividad.
  1. c) Incapacidad Permanente Absoluta (IPA)
  • Definición: Es aquella en la que el trabajador queda incapacitado para realizar cualquier tipo de trabajo, no solo su profesión habitual.
  • Ejemplo: Un trabajador que sufre una parálisis severa que le impide cualquier actividad laboral.
  • Prestación: Se concede una pensión vitalicia equivalente al 100% de la base reguladora.
  1. d) Gran Invalidez (GI)
  • Definición: Este grado se refiere a los casos en los que, además de estar incapacitado para trabajar, el trabajador necesita la ayuda de terceras personas para realizar actividades básicas de la vida diaria, como vestirse o comer.
  • Ejemplo: Un trabajador con tetraplejia que necesita asistencia constante.
  • Prestación: La pensión es del 100% de la base reguladora, más un complemento económico que cubre los costes de la persona que le presta ayuda.
  1. Requisitos para solicitar la incapacidad permanente

Para acceder a una pensión por incapacidad permanente, el trabajador debe cumplir ciertos requisitos, como:

  • Estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta en la Seguridad Social al momento del accidente o la enfermedad, salvo excepciones (como la incapacidad derivada de accidente no laboral).
  • Haber cotizado un mínimo de tiempo a la Seguridad Social, dependiendo de la edad y del tipo de incapacidad:
    • En caso de accidente laboral o enfermedad profesional, no se exige un periodo mínimo de cotización.
    • En casos de enfermedad común, el mínimo de cotización depende de la edad del trabajador.
  1. Prestaciones económicas

Las prestaciones por incapacidad permanente se calculan sobre la base reguladora del trabajador, que varía en función de las circunstancias del accidente o enfermedad y del tiempo cotizado. Dependiendo del grado de incapacidad, se puede recibir:

  • Indemnización a tanto alzado (en el caso de incapacidad permanente parcial).
  • Pensión vitalicia, en los grados de incapacidad total, absoluta o gran invalidez.
  1. Compatibilidad con otros trabajos
  • En el caso de la incapacidad permanente parcial y la incapacidad permanente total, el trabajador puede seguir trabajando en empleos diferentes a su profesión habitual, si sus limitaciones se lo permiten.
  • Sin embargo, en los casos de incapacidad absoluta o gran invalidez, no es compatible el trabajo con la pensión, ya que estas incapacidades implican la imposibilidad de realizar cualquier actividad laboral.
  1. Revisión de la incapacidad

La Seguridad Social puede realizar revisiones periódicas para verificar si ha habido alguna mejoría o empeoramiento en la condición del trabajador, lo que podría llevar a una modificación o extinción de la prestación.

Resumen de los grados de incapacidad permanente:

  • Parcial: Reducción del 33% de la capacidad laboral en la profesión habitual.
  • Total: Incapacidad para realizar la profesión habitual, pero posible realizar otras.
  • Absoluta: Incapacidad para realizar cualquier tipo de trabajo.
  • Gran invalidez: Incapacidad para trabajar y necesidad de asistencia de terceros para actividades básicas.

En resumen, la incapacidad permanente es una protección clave en la legislación laboral española que garantiza que los trabajadores que sufren daños graves, ya sea por enfermedad o accidente, reciban una compensación económica acorde al grado de pérdida de su capacidad laboral.

¿QUIERES SABER MÁS?

El procedimiento para acceder a una incapacidad permanente implica varias etapas, desde la solicitud hasta la resolución por parte de la Seguridad Social. A continuación te detallo los pasos que deben seguirse para solicitar la incapacidad permanente:

  1. Situación previa: Incapacidad Temporal (baja médica)
  • En muchos casos, el proceso de incapacidad permanente comienza con una incapacidad temporal (baja médica), ya sea por enfermedad o accidente, que se extiende en el tiempo. Esta baja médica es gestionada por la Seguridad Social o la mutua correspondiente.
  • La incapacidad temporal puede durar hasta un máximo de 545 días (365 días más una prórroga de 180 días), durante los cuales el trabajador recibe asistencia médica y económica mientras intenta recuperarse.
  • Si se considera que el trabajador no se recuperará completamente o que las secuelas le impedirán seguir trabajando de manera normal, se inicia el proceso para evaluar la posible incapacidad permanente.
  1. Iniciación del expediente

El procedimiento para solicitar la incapacidad permanente puede iniciarse de tres formas diferentes:

  • A petición del trabajador: El trabajador puede presentar la solicitud de incapacidad permanente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), en caso de que considere que no puede seguir trabajando debido a las secuelas de una enfermedad o accidente.
  • A propuesta de la Seguridad Social o mutua: Si tras el período de incapacidad temporal no hay mejoría o la recuperación es insuficiente, la Seguridad Social o la mutua (si fue un accidente laboral o enfermedad profesional) pueden proponer la evaluación de la incapacidad permanente.
  • A petición de la empresa: La empresa también puede solicitar la evaluación de incapacidad permanente si considera que el trabajador no está en condiciones de reincorporarse a su puesto de trabajo tras la baja.
  1. Evaluación médica: Tribunal Médico

Una vez iniciado el proceso, el trabajador debe someterse a una evaluación médica por parte del equipo de Evaluación de Incapacidades del INSS (también conocido como Tribunal Médico).

  • El Tribunal Médico valorará la situación clínica del trabajador, las pruebas médicas disponibles y el impacto de la enfermedad o lesión sobre su capacidad para trabajar.
  • El equipo puede solicitar informes adicionales a los médicos que han tratado al trabajador, realizar más pruebas o hacer nuevas evaluaciones si lo consideran necesario.
  1. Informe del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI)
  • El EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades), tras la evaluación médica, elabora un informe que se basa en los antecedentes médicos, la situación del trabajador y la gravedad de la dolencia.
  • Este informe no solo evalúa la condición física o mental del trabajador, sino también su capacidad funcional para realizar las tareas propias de su profesión habitual o de cualquier actividad laboral.
  1. Resolución del INSS
  • El INSS emite una resolución a partir del informe del EVI. La resolución puede ser de tres tipos:
    • Concesión de la incapacidad permanente en uno de sus grados (parcial, total, absoluta o gran invalidez).
    • Denegación de la incapacidad permanente, si consideran que el trabajador no presenta limitaciones suficientes para ser declarado incapacitado.
    • Prórroga de la incapacidad temporal, si creen que el trabajador podría mejorar con más tiempo de tratamiento, hasta un máximo de 180 días adicionales.
  1. Prestación económica

Si el INSS concede la incapacidad permanente, el trabajador tiene derecho a una prestación económica, cuyo monto dependerá del grado de incapacidad concedido:

  • Incapacidad permanente parcial: Indemnización a tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora).
  • Incapacidad permanente total: Pensión mensual equivalente al 55% de la base reguladora, que puede incrementarse hasta el 75% en determinados casos (si el trabajador tiene más de 55 años y dificultad para encontrar trabajo).
  • Incapacidad permanente absoluta: Pensión del 100% de la base reguladora.
  • Gran invalidez: Pensión del 100% más un complemento económico para cubrir la asistencia de una tercera persona.
  1. Posibilidad de reclamación

Si el trabajador no está de acuerdo con la resolución del INSS (por ejemplo, si se le deniega la incapacidad o no se concede el grado adecuado), puede:

  • Presentar una reclamación previa ante el propio INSS en un plazo de 30 días desde la notificación de la resolución.
  • Si el INSS desestima la reclamación, el trabajador puede acudir a la vía judicial, presentando una demanda ante el Juzgado de lo Social. En estos casos, es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho laboral.
  1. Revisión de la incapacidad

La incapacidad permanente puede ser revisada por la Seguridad Social para verificar si ha habido una mejoría, empeoramiento o algún cambio en la situación médica del trabajador. Esto puede llevar a:

  • Confirmar la incapacidad.
  • Modificar el grado de incapacidad.
  • Extinguir la pensión si se considera que el trabajador ha mejorado lo suficiente como para reincorporarse a la vida laboral.

Resumen del procedimiento:

  1. Incapacidad temporal previa.
  2. Iniciación del expediente (por el trabajador, la empresa o la Seguridad Social).
  3. Evaluación por el Tribunal Médico.
  4. Informe del EVI.
  5. Resolución del INSS (concesión, denegación o prórroga).
  6. Pago de la prestación si se concede la incapacidad.
  7. Reclamaciones y vías judiciales en caso de desacuerdo.
  8. Revisiones periódicas de la incapacidad.

Este proceso garantiza que la decisión sobre la incapacidad permanente se basa en criterios médicos objetivos y en la capacidad funcional del trabajador, protegiendo su derecho a recibir una compensación si ya no puede desempeñar su trabajo habitual o cualquier tipo de trabajo.

¿QUIERES SABER MÁS?

Sí, en España tienes el deber de someterte al seguimiento de una mutua de trabajo si sufres un accidente laboral o enfermedad profesional, y también en ciertos casos de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral, cuando la mutua está gestionando la baja médica.

¿Por qué es obligatorio el seguimiento por la mutua?

Las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social tienen la responsabilidad de gestionar y controlar tanto las prestaciones económicas como el tratamiento médico de los trabajadores que se encuentran de baja por accidente laboral, enfermedad profesional, o en algunos casos de baja por enfermedad común o accidente no laboral.

El seguimiento médico por parte de la mutua incluye:

  • Evaluar tu estado de salud a lo largo de la baja.
  • Supervisar los tratamientos médicos y rehabilitadores para facilitar tu recuperación.
  • Determinar si estás en condiciones de continuar de baja, si es necesario prorrogarla o si puedes reincorporarte al trabajo.
  • Controlar la evolución de tu enfermedad o lesión, asegurándose de que estás recibiendo el tratamiento adecuado.

Obligaciones del trabajador durante la baja:

  1. Acudir a las citas médicas: Como trabajador, debes acudir a todas las revisiones médicas que te indique la mutua. La mutua tiene el derecho a realizar controles médicos periódicos para verificar la evolución de tu estado de salud.
  2. Colaborar con los tratamientos: Debes colaborar en tu proceso de recuperación, lo que implica someterte a los tratamientos que los médicos de la mutua consideren necesarios para tu rehabilitación.
  3. Informar de cualquier cambio en tu situación: Estás obligado a comunicar a la mutua cualquier cambio en tu estado de salud o situación que pueda afectar a tu baja.

Consecuencias del incumplimiento:

Si no cumples con estas obligaciones (como no acudir a las citas médicas o no seguir los tratamientos indicados), la mutua puede tomar medidas, como:

  • Suspender o extinguir la prestación económica por incapacidad temporal.
  • Informar a la Seguridad Social o a la empresa de tu falta de colaboración, lo que podría conllevar sanciones o incluso la pérdida del derecho a la baja.

Excepciones

En casos excepcionales, como si tienes dificultades justificadas para acudir a una cita (por ejemplo, por razones médicas que impidan el desplazamiento), es importante que lo comuniques a la mutua para reprogramar la revisión o encontrar una alternativa.

Resumen:

  • Sí, tienes la obligación de someterte al seguimiento médico de la mutua cuando estés de baja por accidente laboral, enfermedad profesional, y en algunos casos de enfermedad común.
  • El incumplimiento de estas obligaciones puede tener consecuencias, incluyendo la suspensión de la prestación económica.

Es fundamental cumplir con este seguimiento para garantizar tu recuperación y evitar posibles problemas legales o económicos.

¿QUIERES SABER MÁS?

Reclamar una indemnización por accidente de tráfico implica varios pasos y requiere reunir documentación y pruebas para respaldar tu caso que puede ser bastante engorroso, cuanto más si estás lesionado por causa del accidente, por ello es del todo aconsejable asesorarse por un profesional experto que dirija el proceso y finalmente consiga una indemnización justa para ti. Aquí te detallo el proceso que debes seguir:

  1. Recoge toda la documentación necesaria
  2. Informe médico:
  • Obtén un informe médico detallado sobre las lesiones sufridas, su gravedad y el tratamiento requerido. Este informe es esencial para cuantificar el impacto del accidente en tu salud y para la determinación de la indemnización.
  1. Parte de accidente:
  • Elabora el parte amistoso de accidente (si es posible) o  solicita el informe policial si no se puede llegar a un acuerdo con el otro conductor. Este documento incluye los datos del accidente y las circunstancias.
  1. Fotografías y pruebas:
  • Toma fotografías y videos del lugar del accidente, los vehículos involucrados, y cualquier daño. También guarda el contacto de testigos si los hay.
  1. Documentos personales y de vehículos:
  • es conveniente conocer la aseguradora del vehículo contrario
  1. Comunica el accidente a tu aseguradora
  • Notifica el accidente a tu aseguradora lo antes posible, generalmente en un plazo de 7 días desde el accidente. La aseguradora iniciará el proceso de reclamación y puede enviar a un perito para evaluar los daños.
  1. Solicita la indemnización a la aseguradora
  2. Presenta una reclamación formal:
  • Redacta una carta de reclamación a la aseguradora del responsable del accidente. Incluye todos los documentos y pruebas recogidas. Detalla las lesiones sufridas, los gastos médicos y cualquier otro perjuicio sufrido.

 

 

  1. Evalúa los daños:
  • La aseguradora realizará una peritación para valorar los daños y las lesiones. Es posible que te ofrezcan una propuesta de indemnización basada en esta valoración.
  1. Negocia y acepta la indemnización
  • Si estás de acuerdo con la propuesta de indemnización, firma el acuerdo de conformidad y acepta el pago. Asegúrate de que la cantidad ofertada cubre adecuadamente todos tus gastos y daños.
  • Si no estás de acuerdo con la oferta o si la aseguradora no responde adecuadamente, puedes negociar. Presenta cualquier evidencia adicional que apoye tu caso.
  1. Reclamación judicial
  • Si no llegas a un acuerdo con la aseguradora, puedes llevar tu caso a los tribunales
  1. Presenta una demanda:
  • Acude a un abogado especializado en accidentes de tráfico que pueda asesorarte y presentar una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia. El abogado te ayudará a preparar el caso, incluyendo la reunión de pruebas y la redacción de la demanda.
  1. Proceso judicial:
  • En el proceso judicial, se presentarán las pruebas, testimonios y argumentos para justificar tu reclamación. El juez tomará una decisión basada en la evidencia y dictará una sentencia que puede incluir una indemnización.
  1. Cálculo de la indemnización

La indemnización por accidente de tráfico se calcula teniendo en cuenta diversos factores:

  • Gravedad de las lesiones y secuelas.
  • Gastos médicos y de rehabilitación.
  • Días de baja laboral y pérdida de ingresos.
  • Daños materiales en el vehículo.
  • Daño moral y dolor.

La Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor y el Baremo de accidentes de tráfico proporcionan directrices y fórmulas para calcular las indemnizaciones en función de los daños y perjuicios.

  1. Seguros complementarios

Si tienes un seguro que incluye cobertura de accidentes de tráfico (como un seguro de salud que cubre gastos adicionales), también puedes presentar una reclamación a tu propia aseguradora para cubrir gastos que no sean asumidos por la aseguradora del responsable.

  1. Consulta con un abogado
  • Es muy recomendable consultar con un abogado especializado en derecho de tráfico o en reclamaciones por accidentes. Un abogado puede ayudarte a:
    • Preparar y presentar la reclamación.
    • Negociar con las aseguradoras.
    • Representarte en el proceso judicial si es necesario.
    • Recuerda que las aseguradoras son entes privados con ánimo de lucro y entre ellas rige el principio de “hoy por mi, mañana por ti” esto quiere decir que tratarán de limitar al máximo el importe de tu indemnización, y cuentan con abogado expertos para tal menester. Por ello es muy importante que cuentes con la ayuda de un abogado especialista en accidentes de tráfico.

Resumen del procedimiento:

  1. Recoge documentación y pruebas.
  2. Notifica el accidente a tu aseguradora.
  3. Solicita la indemnización a la aseguradora del responsable.
  4. Negocia la oferta de indemnización o lleva el caso a los tribunales.
  5. Calcula la indemnización en función del daño.
  6. Consulta con un abogado.
¿QUIERES SABER MÁS?

El retraso en la atención médica te puede suponer una merma añadida a tu salud y que como beneficiario del servicio público de salud no debería dejar pasar. Realizar una reclamación es una herramienta fundamental que dispones en un estado de derecho y social como es España. A continuación te explico el procedimiento a seguir. Como abogado experto en derecho sanitario, pondré en marcha el proceso, reuniendo toda la documentación necesaria y fundamentando el objeto de la queja, sentando las bases para una futura demanda en el caso de que la situación clínica empeorase por causa directa en el retraso de la atención médica.

la normativa vigente establece unos plazos para intervenciones quirúrgicas que no debe ser superior a 180 días (seis meses), 60 días (dos meses) para primeras consultas y 30 días (un mes) para procedimientos diagnósticos. Aunque rara vez se cumplan los plazos descritos, el retraso en la asistencia sanitaria puede acabar siendo la causa de un empeoramiento clínico y este incumplimiento puede acabar atribuyendo responsabilidad a la propia administración sanitaria.

Seguidamente te describo cómo proceder para realizar una reclamación para la asistencia sanitaria.

  1. Reclamar una cita en el Sistema Público de Salud
  2. Consulta los canales disponibles
  • Por teléfono: La mayoría de las Comunidades Autónomas tienen un número de teléfono para solicitar citas médicas. Busca el número de contacto del Centro de Salud de tu área o del servicio de atención al paciente de tu comunidad.
  • En línea: Muchas comunidades tienen plataformas online donde puedes solicitar citas médicas. Revisa si tu comunidad tiene un portal como Cita Previa o una app móvil.
  • En persona: Puedes acudir directamente al Centro sanitario para solicitar una cita.
  1. Solicita la cita
  • Si tienes dificultades para obtener una cita, expón tu situación claramente al personal del centro o al servicio de atención al paciente. Indica la urgencia de tu caso si corresponde.
  • Si se trata de una consulta con un especialista, asegúrate de tener el informe médico o la derivación correspondiente, ya que puede ser necesario para obtener la cita.
  1. Reclama formalmente si es necesario
  • Si no obtienes respuesta o no se te proporciona una cita en un plazo razonable, puedes presentar una reclamación formal en el Centro de Salud o en el Servicio de Atención al Paciente de tu comunidad.

Pasos para presentar una reclamación formal:

  1. Redacta una carta de reclamación: Incluye tus datos personales, el motivo de la reclamación (dificultad para obtener una cita, plazo de espera excesivo, etc.), y cualquier documento relevante (como informes médicos).
  2. Dirige la reclamación a la dirección del Centro de Salud o al Servicio de Atención al Paciente de tu Comunidad Autónoma.
  3. Guarda una copia de la reclamación y de cualquier respuesta recibida.
  • También puedes utilizar los servicios de atención al ciudadano o de defensor del paciente si sientes que tus derechos no están siendo respetados.

Resumen

  1. Consulta los canales disponibles para solicitar la cita médica, ya sea por teléfono, en línea o en persona.
  2. Solicita la cita y expón tu situación claramente.
  3. Si tienes problemas para obtener la cita, presenta una reclamación formal en el centro de salud o en el servicio de atención al paciente.

Seguir estos pasos te ayudará a gestionar eficazmente la solicitud y reclamación de citas médicas.

¿QUIERES SABER MÁS?

Adquirir un inmueble es un proceso que implica varios pasos legales, financieros y administrativos. Se trata, quizá, de la inversión más importante que realices en toda tu vida, así que no dudes en consultar y dotarte de la ayuda de un experto que dirija todo el proceso y proteja tus intereses. Es un gasto prescindible, pero más que recomendable, pues se encargará de que la compra llegue a buen término y podrá advertir riesgos que a un lego en derecho pueden pasar inadvertidos, con el riesgo que ello conlleva.

Aquí te explico todo el proceso y algunos consejos para realizar la adquisición de tu propiedad.

  1. Definir tu presupuesto y financiación

Establece tu presupuesto: Considera el precio de la propiedad y los gastos adicionales, como impuestos, notaría y registro.

  • Gastos adicionales: Incluyen el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (para propiedades de segunda mano), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) (para propiedades nuevas), gastos de notaría, registro de la propiedad, gestoría (si se utiliza).
  • Obtener financiación: salvo que cuentes con unos buenos ahorros, necesitas obtener un préstamo hipotecario. Los gastos que se deriven de este contrato son asumidos por el banco, salvo los honorarios de notaría que se reparten al 50% entre banco y comprador.
  • Consulta con bancos: Compara ofertas de diferentes bancos para encontrar la mejor tasa de interés y condiciones.
  1. Buscar la propiedad

Selecciona la ubicación: Decide en qué área te gustaría comprar, considerando factores como proximidad al trabajo, servicios y calidad de vida.

Busca propiedades: sírvete de diferentes apps o agencias inmobiliarias que te muestren la oferta de inmuebles a la venta en la zona preferida para encontrar propiedades que se ajusten a tu presupuesto y requisitos.

  • Visitas: Organiza visitas a las propiedades que te interesen para evaluar su estado y ubicación.
  1. Hacer una oferta y negociar

Hacer una oferta: Una vez que encuentres una propiedad que te guste, realiza una oferta al vendedor. En muchos casos, esto se hace a través de la agencia inmobiliaria.

Negociación: deberás estar preparado para negociar el precio y las condiciones de la venta con el vendedor. Es común que haya un proceso de oferta y contraoferta.

  1. Firma del contrato de arras

En este paso, ya debería de ir de la mano con un abogado que proteja tus intereses. Si el vendedor acepta tu oferta, firmarás un contrato de arras (o señal). Este contrato es un acuerdo preliminar en el que se compromete una cantidad de dinero como señal y se establecen las condiciones para la compra.

  • Importe de la señal: Generalmente, es entre el 5% y el 10% del precio de compra.
  • Condiciones: El contrato debe detallar el precio, la fecha de firma del contrato de compraventa y otras condiciones relevantes.
  1. Realizar la investigación legal y financiera

Verificación legal: revisa la documentación y verificar que la propiedad esté libre de cargas o problemas legales.

  • Certificado de cargas: Verifica que no existan deudas o hipotecas sobre la propiedad.
  • Títulos de propiedad: Asegúrate de que el vendedor es el propietario legítimo y tiene derecho a vender la propiedad.

Comprobar el estado de la propiedad: Realiza una inspección técnica para asegurarte de que la propiedad no tiene problemas ocultos.

  1. Firma del contrato de compraventa

Antes de acudir al Notario para realizar la Escritura pública de venta, es aconsejable realizar un contrato privado de compra venta que recoja todas las peculiaridades del negocio:

Notaria: El notario redactará las escrituras  y certificará la transacción.

  • Pago final: En esta etapa se realiza el pago del resto del precio tal y como se haya convenido de la propiedad, descontando la señal.
  1. Registro de la propiedad y pago de impuestos
  • Registro: Después de la firma de la escritura, debes registrar la propiedad a tu nombre en el Registro de la Propiedad
  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (para venta de un inmueble de segunda mano) o IVA (para propiedad nueva): Debes pagar estos impuestos y presentar el justificante en el registro.
  1. Cambio de titularidad y otros trámites

Cambio de titularidad: Actualiza los datos de titularidad en los servicios y suministros de la propiedad, como agua, luz, gas, y comunidad de propietarios.

Otros trámites: Asegúrate de realizar cualquier otro trámite administrativo necesario, como la inscripción en el catastro.

 

Resumen del proceso de compra:

  1. Definir presupuesto y financiación.
  2. Buscar y seleccionar la propiedad.
  3. Hacer una oferta y negociar.
  4. Firmar el contrato de arras.
  5. Realizar la investigación legal y financiera.
  6. Firmar el contrato de compraventa previo a la firma en notaría.
  7. Registrar la propiedad.
  8. Cambiar la titularidad de suministros y servicios.

Este proceso puede variar dependiendo de si la propiedad es nueva o de segunda mano, y si estás comprando a través de una agencia inmobiliaria o directamente del propietario. Es fundamental contar con el asesoramiento de profesionales como abogados y notarios para asegurar que el proceso se realice de manera correcta y que tus derechos como comprador estén protegidos.

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