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Málaga capital y provincia

Comprar o vender tu casa en Málaga, sabiendo qué firmas.

Comprar o vender una vivienda es de las decisiones con más dinero en juego que vas a tomar. Te acompaño antes de cada firma, de la señal a la notaría, y como no cobro comisión de la venta, mi único interés es el tuyo.

Cuéntame en qué punto estás, sin compromiso.

Colegiado 11001 ICA Málaga

Ex-policía local durante 13 años · Autor de Caminando Derecho

Antes de pagar la señal

Revisamos la operación antes de que firmes

Me mandas lo que tengas, aunque sea solo el anuncio y el borrador de las arras, y lo miramos juntos.

  • Que la vivienda no tenga cargas ni deudas que no conozcas
  • Que las arras digan lo que crees que dicen
  • Que sepas qué impuestos y gastos te esperan
Quiero que lo revises
En qué te acompaño

¿En qué te acompaño?

Una compraventa tiene varios momentos de firma. En cada uno reviso contigo lo que vas a firmar y te explico qué significa.

Comprobaciones previas
La nota simple del Registro, las deudas con la comunidad y el IBI, antes de pagar la señal. Si la vivienda tiene uso turístico, también su licencia.
Contrato de arras
Qué tipo de arras firmas, qué pasa si alguien se echa atrás y qué ocurre con la señal si el banco no te concede la hipoteca. Revisión del contrato de arras
Obra nueva y sobre plano
Que el dinero que adelantas al promotor esté garantizado con un aval o un seguro (LOE, disposición adicional 1.ª).
Escritura e impuestos
El borrador de la escritura, el pago del resto del precio y los impuestos que te corresponden. Guía: pasos para comprar una vivienda

Según tu caso

  • Comprador

    Si compras

    Reviso la vivienda, las arras y la escritura antes de cada firma.

  • Vendedor

    Si vendes

    Preparo contigo la documentación y reviso el contrato que te propongan.

  • A distancia

    Si no puedes estar en Málaga

    Revisamos los papeles a distancia y, si hace falta, firmas mediante un poder notarial.

Cada operación es distinta. Lo miramos con tus papeles.

Antes de firmar, no después

Casi todos los problemas de una compraventa se pueden ver en los papeles antes de pagar la señal: una hipoteca que sigue inscrita, deudas con la comunidad, un recibo del IBI sin pagar o unas arras que no dicen lo que crees. Cuando ya has firmado, el margen es mucho menor.

Por eso trabajo sobre todo en la fase previa:

  • Nota simple. Es el resumen del Registro de la Propiedad: quién es el titular y qué cargas tiene inscritas la vivienda.
  • Deudas con la comunidad. Se acreditan con el certificado de deudas de la comunidad de propietarios (art. 9.1.e de la Ley de Propiedad Horizontal, LPH).
  • IBI. El último recibo, para saber si está pagado.

Si piensas alquilar la vivienda a turistas, mira antes si puedes. En Málaga capital, el Ayuntamiento suspendió las nuevas viviendas turísticas desde el 23 de agosto de 2025, durante un máximo de 3 años, mientras modifica el plan urbanístico. Y desde el 3 de abril de 2025, una vivienda turística nueva en un edificio necesita la aprobación previa de 3/5 de los propietarios, que a su vez sumen 3/5 de las cuotas (LPH, arts. 7.3 y 17.12).

Las arras, en pocas palabras

Las arras son la señal que pagas al reservar. Lo que de verdad importa es de qué tipo son. Si son penitenciales (art. 1454 del Código Civil), cualquiera de los dos puede echarse atrás: tú, perdiendo la señal, y el vendedor, devolviéndotela duplicada. Si no se pactan así, quien cumple puede exigir que el otro cumpla el contrato o resolverlo con indemnización de daños (art. 1124 del Código Civil).

El borrador conviene revisarlo antes de firmar. Lo hago en la revisión del contrato de arras, y los pasos completos de la compra los tienes en la guía para comprar una vivienda.

Si compras obra nueva o sobre plano

Cuando compras una vivienda que todavía no está construida, adelantas dinero al promotor. La ley le obliga a garantizar que te lo devuelve, con los intereses legales, si la obra no sale adelante. Esa garantía es un seguro de caución o un aval bancario, y se exige desde que hay licencia (Ley de Ordenación de la Edificación, LOE, disposición adicional 1.ª).

Antes de entregar nada, pide que te enseñen esa garantía y comprueba que cubre lo que vas a pagar. Después de la entrega, la LOE fija además plazos de garantía por defectos de construcción.

Si vendes

Si vendes, el riesgo cambia de lado. Si firmas arras penitenciales y luego te echas atrás, tendrás que devolver la señal duplicada (art. 1454 CC). Y si no son penitenciales, el comprador puede exigirte que cumplas.

Te ayudo a preparar la documentación para que la venta no se retrase (nota simple, certificado de la comunidad, IBI) y reviso el contrato que te proponga el comprador o la agencia antes de que lo firmes.

Si no puedes estar en Málaga

Si vives fuera o no puedes venir a las firmas, puedes comprar o vender mediante un poder notarial a favor de una persona de tu confianza. La revisión de los papeles la hacemos a distancia: me los mandas, los leo y lo hablamos por teléfono.

Impuestos y gastos, sin sorpresas

Al precio de la vivienda hay que sumar los impuestos y los gastos de la compra. En una vivienda de segunda mano pagas el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP); en obra nueva, el IVA. Además están la notaría y el Registro de la Propiedad. Cuánto te toca depende de tu caso: lo calculamos juntos antes de que te comprometas.

Si algo falla después de la entrega

Si aparece un defecto que no se veía y que hace la vivienda impropia para su uso, se puede reclamar al vendedor por vicios ocultos, pero el plazo es corto: 6 meses desde la entrega (arts. 1484 a 1490 del Código Civil). Y si el problema es con las arras, antes de demandar hay que intentar una negociación con la otra parte, porque lo exige la Ley Orgánica 1/2025 (art. 5).

Cronología

De la señal a las llaves, paso a paso

Así avanza una compraventa y esto es lo que miro contigo en cada momento.

  1. Antes de la señal

    Comprobamos la vivienda

    Nota simple, deudas con la comunidad, IBI y, si aplica, licencia turística. Si algo no cuadra, todavía estás a tiempo de negociar o de no seguir.

  2. Arras

    Revisamos el contrato de arras

    Tipo de arras, precio, fecha límite para la escritura y qué pasa con la señal si el banco no concede la hipoteca.

  3. Notaría

    Firmas la escritura

    Reviso antes el borrador de la escritura y compruebo que la señal se descuenta del precio.

  4. Después

    Impuestos y Registro

    Pagas el impuesto que te corresponde y la vivienda se inscribe a tu nombre en el Registro de la Propiedad.

  5. Solo si aparece un defecto

    Reclamas a tiempo

    Si tras la entrega aparece un defecto que no se veía, el plazo para reclamar al vendedor es corto.

    Plazo importante6 meses desde la entrega para reclamar por vicios ocultos (art. 1490 del Código Civil).

Base legal: Código Civil (arts. 1124, 1454 y 1490), Ley de Propiedad Horizontal (art. 9.1.e) y Ley de Ordenación de la Edificación (disposición adicional 1.ª). Es un resumen orientativo: cada caso se estudia por separado.

Errores frecuentes

Cuatro errores al comprar, y cómo evitarlos

Los veo a menudo y casi todos se evitan mirando los papeles a tiempo.

Error 1

Pagar la señal antes de comprobar la vivienda

Si una carga o una deuda aparece cuando ya has firmado las arras, tienes menos margen para negociar o para echarte atrás.

Pide la nota simple y el certificado de deudas con la comunidad antes de pagar nada.

Error 2

Firmar arras sin saber de qué tipo son

No es lo mismo poder retirarte perdiendo la señal (art. 1454 CC) que quedar obligado a cumplir el contrato (art. 1124 CC).

Que el contrato diga expresamente qué tipo de arras son.

Revisión del contrato de arras
Error 3

No prever qué pasa si el banco no da la hipoteca

Si el contrato no dice nada, quedarte sin financiación puede costarte la señal.

Deja por escrito qué ocurre con la señal en ese caso.

Error 4 · Plazo

Dejar pasar el plazo de los vicios ocultos

Para reclamar al vendedor por un defecto oculto tienes 6 meses desde la entrega (art. 1490 CC). Es un plazo corto.

Si aparece un defecto, apunta la fecha y cuéntamelo cuanto antes.

¿Estás a punto de pagar la señal?

Cuéntame en qué punto estás y te digo qué revisaría antes. Sin compromiso.

Reseñas

Lo que cuentan quienes ya me han contado su caso

Valoración «Excelente» · 37 reseñas en Google

Atención cercana y transparente, explicándome cada paso del proceso.
Marga S.Reseña en Google
Tras un accidente laboral, la atención, rapidez y agilidad ha sido sorprendente.
Javier F.Reseña en Google
Profesionalidad y claridad a la hora de explicar cada paso.
Hamza N.Reseña en Google

Ver las 37 reseñas en Google (se abre en otra pestaña)

Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarme sobre comprar o vender una vivienda

¿Es necesario un abogado para comprar una casa?

No es obligatorio. En la escritura interviene el notario, que da fe de la operación. Mi papel es otro: revisar contigo, antes de cada firma, que la vivienda no tiene sorpresas y que entiendes lo que firmas. Y como no cobro comisión de la venta, puedo decirte que esperes si algo no está claro.

¿Cuándo debo llamarte, antes o después de las arras?

Antes. Las comprobaciones de la vivienda (nota simple, deudas con la comunidad, IBI) y la revisión del contrato de arras tienen más sentido antes de pagar la señal, que es cuando todavía puedes negociar o no seguir.

¿Qué es la nota simple y por qué mirarla antes?

Es un resumen del Registro de la Propiedad que dice quién es el titular de la vivienda y qué cargas tiene inscritas, como una hipoteca o un embargo. Mirarla antes de la señal te permite comprobar que quien vende es el dueño y que no hay cargas que no te hayan contado.

¿Cómo sé si el piso tiene deudas con la comunidad o con el IBI?

Con el certificado de deudas con la comunidad de propietarios (art. 9.1.e de la Ley de Propiedad Horizontal) y con el último recibo del IBI. Conviene tenerlos antes de pagar la señal y volver a comprobarlos antes de la notaría.

¿Puedo comprar o vender si no estoy en Málaga?

Sí. Los papeles los revisamos a distancia, por WhatsApp o por email, y para la firma puedes dar un poder notarial a una persona de tu confianza. Si no tienes nacionalidad española, necesitarás también tu NIE.

Si vendo y me echo atrás después de las arras, ¿qué pasa?

Depende del tipo de arras. Si son penitenciales, puedes retirarte devolviendo la señal duplicada (art. 1454 CC). Si no lo son, el comprador puede exigirte que cumplas el contrato o resolverlo con indemnización (art. 1124 CC). Por eso conviene revisar el contrato también cuando vendes.

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Escríbeme y te respondo con tu caso delante, sin compromiso.

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