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Una de mis dos especialidades

Llevas meses en la lista de espera del SAS. Se puede reclamar.

Te ayudo online en toda Andalucía. Te explico en claro cuánto puede hacerte esperar el SAS y, si se ha pasado del plazo, qué vías tienes para reclamar.

Cuéntame desde cuándo esperas, sin compromiso.

Colegiado 11001 ICA Málaga

Ex-policía local durante 13 años · Autor de Caminando Derecho

José AntonioAbogado en Málaga

TúMi médico de familia me derivó al especialista hace meses y todavía no me han dado cita.

José AntonioEntiendo que preocupe. Para una primera consulta, el SAS tiene un máximo de 60 días naturales. ¿Recuerdas en qué fecha te derivaron?

José AntonioCon la fecha exacta cuento los días y te explico qué opciones tienes.

Escribe aquí tu mensaje… (abre WhatsApp)

Así empieza una conversación. Es un ejemplo ilustrativo, no un caso real.

Tus plazos máximos

Estos son tus plazos máximos

El SAS no puede hacerte esperar lo que quiera. Para cada tipo de atención hay un máximo y, si lo supera, puedes reclamar.

Plazo máximo, en días naturales

  • Primera consulta con el especialistaD. 96/2004, art. 4.1.b60 días
  • Pruebas diagnósticasResonancia, TAC, ecografía, endoscopia… · D. 96/2004, art. 4.1.c30 días
  • OperaciónD. 209/2001, art. 3Hasta 180 días
  • Operación en 11 procesos más comunesOrden 20/12/2006120 días
  • Operación de determinada cirugía cardíacaOrden 2/06/201690 días

Cómo se cuentan

  • Se cuentan en días naturales, desde tu inscripción en la lista. Consulta: desde el día siguiente a la fecha en que tu médico de familia la pide. Prueba: desde el día siguiente a la fecha en que el facultativo la solicita con tu conformidad. Operación: desde tu inscripción en el Registro de Demanda Quirúrgica.
  • Solo cubren la primera consulta con el especialista, no las revisiones. La cita con tu médico de familia no tiene plazo garantizado.
  • Algunos procesos tienen plazo propio, como la sospecha de determinados cánceres (30 días). Los casos preferentes y urgentes no se rigen por estos plazos.
Las tres vías

Hay tres vías para reclamar. Te las explico juntas

Reclamar no es un único trámite. Se usa una vía u otra según si ya has pagado la privada y si la espera te ha causado un daño.

Vía 1Antes de pagar la privada

Documento de garantía

Si el SAS se pasa del plazo en una consulta o una prueba, puedes pedirle un documento para atenderte en un centro privado a cargo del SAS. Tiene 7 días para responder y, si no contesta, se entiende concedido.

Para operarte, el SAS paga la intervención en el centro privado elegido, con los límites que fija el decreto. Ojo: en consultas y pruebas, rechazar sin justificación la cita en el centro que te ofrezcan, o no acudir a ella, hace perder la garantía.

Cuándo conviene

Cuando el SAS ya se ha pasado del plazo y todavía no has pagado nada por la privada.

D. 96/2004, arts. 6 y 11 · D. 209/2001, arts. 11 y 13

Cómo funciona la garantía de plazos

Vía 2Después de pagar la privada

Reintegro de gastos

Si ya has pagado la atención privada, puedes pedir que te devuelvan lo que gastaste. La norma lo prevé para la asistencia urgente, inmediata y de carácter vital, cuando no pudiste usar la sanidad pública, y en algún caso los juzgados de lo social han ido más allá.

Se pide en la Junta de Andalucía, que resuelve en 3 meses; si no contesta, se entiende denegado. Si no te lo reconocen, se reclama ante esos juzgados.

Cuándo conviene

Cuando ya has pagado y tu caso encaja en esos supuestos. Lo miramos juntos con tus fechas y tus facturas.

RD 1030/2006, art. 4.3 · LRJS, art. 2.o

Ver el reembolso de la privada

Vía 3Si la espera te ha causado un daño

Responsabilidad patrimonial

Es la vía para reclamar una compensación por el daño que te ha causado la espera, y puede incluir lo que pagaste por la privada. Se reclama primero al SAS y, si no te dan la razón, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo (los que revisan las decisiones de la Administración).

El daño tiene que ser real, valorable y concreto en ti. Si el SAS no contesta en 6 meses, se entiende rechazada.

Cuándo conviene

Cuando has pagado la privada o la espera te ha perjudicado, y todavía estás dentro del plazo de 1 año.

Ley 40/2015, arts. 32 y 34 · Ley 39/2015, art. 67

Ver la reclamación patrimonial al SAS

¿No sabes en cuál de las tres estás? Eso lo miro yo

Cuéntame desde cuándo esperas y si has pagado algo. Con eso te digo por dónde empezar, sin compromiso.

Según lo que esperes

¿Qué estás esperando?

Elige tu caso y te cuento lo que dice la norma para él.

Cita con el especialista

Tu médico de familia te derivó al especialista y la primera cita no llega. El SAS tiene un máximo de 60 días.

  • 60 días naturales para la primera consulta con el especialista
  • Si se pasa, puedes pedir que te atiendan en un centro privado a cargo del SAS
  • No cubre las revisiones ni la cita con tu médico de familia
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Lista de espera quirúrgica

Estás inscrito para operarte y la fecha no llega. El SAS tiene un máximo de 180 días, y menos en algunos procesos.

  • 180 días naturales con carácter general; 120 o 90 en algunos procesos
  • Se cuentan desde tu inscripción en el Registro de Demanda Quirúrgica
  • Si se pasa, el SAS paga la operación en un centro privado, con límites
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Reembolso de la sanidad privada

Te cansaste de esperar y pagaste la privada. Hay dos vías para intentar recuperar ese dinero.

  • Reintegro de gastos o responsabilidad patrimonial
  • 1 año para reclamar un daño al SAS
  • Guarda facturas, informes y fechas
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Herramienta gratuita

Comprueba si el SAS se ha pasado del plazo

Dime qué esperas y desde cuándo: te digo cuántos días llevas y si ya puedes reclamar.

Usar la herramienta
Si la espera te ha perjudicado

¿La espera te ha causado un daño?

Esperar no siempre es solo una molestia: a veces la salud empeora o acabas pagando por tu cuenta la atención privada.

Cuando eso pasa, entra en juego otra vía: la responsabilidad patrimonial del SAS. El daño tiene que ser real, poder valorarse y ser concreto en ti (la norma dice «efectivo, evaluable e individualizado»). Que el SAS se pase del plazo no siempre supone un daño que se pueda indemnizar: eso se estudia caso a caso.

Ver la reclamación patrimonial al SAS

Plazo importanteTienes 1 año para reclamar un daño al SAS, desde que se produce o se manifiesta. Si son daños físicos o psíquicos, desde que te curas o se fijan las secuelas.

Base legal: Ley 39/2015, art. 67.1, y Ley 40/2015, arts. 32 y 34.

Cómo trabajo

Así trabajo contigo

Sin papeleo al principio: empezamos por una conversación.

  1. Me lo cuentas por WhatsApp

    Dime desde cuándo esperas y qué te han dicho. Si tienes algún papel (la derivación, el documento de inscripción, las facturas de la privada), hazle una foto y mándamelo.

  2. Cuento tus plazos

    Con tus fechas cuento los días y te digo si el SAS se ha pasado del plazo y por cuánto.

  3. Te explico tus opciones

    Te cuento qué vía encaja con tu caso, qué pasos tendría y qué riesgos, sin tecnicismos. No te prometo un resultado: te explico las reglas.

  4. Tú decides y yo me encargo

    Si quieres que lleve tu caso, me ocupo de los escritos y los trámites, y te voy contando cada paso.

«La vida es un juego con reglas: conocerlas te permite ganar la partida.»

La idea de mi libro, Caminando DerechoEditorial Anáfora
Prensa y reseñas

Lo que se dice de mi trabajo

Lo que ha publicado la prensa y lo que cuentan quienes ya me han contado su caso.

Valoración «Excelente» · 37 reseñas en Google

Atención cercana y transparente, explicándome cada paso del proceso.
Marga S.Reseña en Google
Tras un accidente laboral, la atención, rapidez y agilidad ha sido sorprendente.
Javier F.Reseña en Google
Profesionalidad y claridad a la hora de explicar cada paso.
Hamza N.Reseña en Google

Ver las 37 reseñas en Google (se abre en otra pestaña)

Preguntas frecuentes

Lo que más me preguntan sobre la lista de espera

¿Cuánto puede tardar el SAS en darme cita con el especialista?

Como máximo 60 días naturales para la primera consulta con el especialista que te pide tu médico de familia (D. 96/2004, art. 4.1.b). Las revisiones no cuentan. El plazo empieza a correr el día siguiente a la fecha en que tu médico de familia pide la consulta. Si se pasa, puedes pedir un documento para atenderte en un centro privado a cargo del SAS.

¿Cuál es el tiempo máximo de espera para una operación en Andalucía?

Con carácter general, 180 días naturales desde tu inscripción en el Registro de Demanda Quirúrgica (D. 209/2001, art. 3). Baja a 120 días en 11 procesos más comunes (Orden 20/12/2006) y a 90 días en determinada cirugía cardíaca (Orden 2/06/2016). Cuál te corresponde depende de tu procedimiento: cuéntamelo y lo miramos.

¿Cómo sé desde qué fecha cuenta mi espera?

Es la fecha de tu inscripción en la lista. Para una operación, puedes consultarla en ClicSalud+ (apartado «Lista de espera quirúrgica») o llamando a Salud Responde (955 545 060). Para una consulta, es la fecha en que tu médico de familia te derivó. Si no la encuentras, mira el documento de inscripción o escríbeme y la buscamos juntos.

Si el SAS se pasa del plazo, ¿puedo ir a la privada y que me devuelvan el dinero?

No es automático, y depende de si ya has pagado. Lo primero es pedir el documento de garantía antes de pagar nada: si el SAS se ha pasado del plazo en una consulta o una prueba, tiene 7 días para responder y, si no contesta, se entiende concedido. Si ya has pagado la privada, hay otras dos vías, el reintegro de gastos y la responsabilidad patrimonial, y cuál encaja depende de tu caso. Guarda tus facturas e informes y cuéntame tus fechas.

¿Puedo reclamar la cita con mi médico de familia?

No hay un plazo máximo garantizado para la cita con tu médico de familia (atención primaria): no está cubierta por los decretos de garantía, que se centran en la primera consulta con el especialista, las pruebas diagnósticas y las operaciones. Si la espera ha afectado a tu salud, cuéntamelo: eso es otra vía, la responsabilidad patrimonial.

¿Tu duda no está aquí?

Escríbeme y te respondo con tu caso delante, sin compromiso.

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