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D. 96/2004Online en toda Andalucía

¿La cita con el especialista no llega? El SAS tiene 60 días para atenderte.

Si tu médico de familia te derivó al especialista y la cita no llega, no tienes por qué esperar sin más. Te explico cuánto puede tardar el SAS, cómo se cuentan los días y qué puedes pedir si se pasa.

Dime en qué fecha te derivaron, sin compromiso.

Colegiado 11001 ICA Málaga

Ex-policía local durante 13 años · Autor de Caminando Derecho

José AntonioAbogado en Málaga

TúMe derivaron al especialista hace meses y en el hospital me dicen que todavía no hay fecha.

José AntonioLo primero es contar bien los días. Para la primera consulta, el SAS tiene 60 días naturales desde el día siguiente a tu derivación.

José Antonio¿Me mandas una foto de la derivación? Con la fecha exacta te digo si ya se ha pasado y qué puedes pedir.

Escribe aquí tu mensaje… (abre WhatsApp)

Así empieza una conversación. Es un ejemplo ilustrativo, no un caso real.

Qué puedes pedir

¿Qué puedes pedir si la cita no llega?

Según en qué punto estés, se pide una cosa u otra. Te las ordeno de la primera a la última.

Dejar constancia del retraso
Una reclamación por escrito en tu centro de salud o en el hospital. No te da la cita por sí sola, pero deja tus fechas por escrito. Guía: cómo reclamar al SAS
El documento de garantía
Si el SAS ya se ha pasado de los 60 días, pides que te atiendan en un centro privado a su cargo. Tiene 7 días para responder y, si no lo hace, se entiende concedido. Guía: la garantía de plazos
El reembolso de la privada
Si ya has pagado la consulta por tu cuenta, hay dos vías para intentar recuperar ese dinero. Ver el reembolso de la sanidad privada
Una compensación por el daño
Si la espera ha empeorado tu salud, se reclama por responsabilidad patrimonial. Hay 1 año de plazo. Ver la reclamación patrimonial al SAS

¿Qué plazo tiene lo tuyo?

  • D. 96/2004, art. 4.1.b

    Primera consulta con el especialista

    60 días naturales. Solo la primera consulta que pide tu médico de familia, no las revisiones.

  • D. 96/2004, Anexo I

    Sospecha de algunos cánceres

    30 días naturales, por ejemplo ante la sospecha de cáncer de mama, colorrectal o de piel.

  • D. 96/2004, Anexo I

    Dolor torácico o insuficiencia cardíaca

    60 días naturales en el dolor torácico de origen cardíaco y en la insuficiencia cardíaca.

  • D. 96/2004, art. 4.1.c

    Pruebas diagnósticas

    30 días naturales para pruebas como la resonancia, el TAC, la ecografía o la endoscopia.

Los casos preferentes y urgentes no se rigen por estos plazos. Cuál es el tuyo lo miramos con tus papeles.

Una cita médica tardía con el especialista también se reclama

Si tu médico de familia te ha derivado al especialista y la cita no llega, no es solo mala suerte. La ley andaluza reconoce tu derecho a recibir la atención sanitaria en un tiempo máximo (art. 6.1.m de la Ley 2/1998, de Salud de Andalucía). Ese tiempo lo concreta el Decreto 96/2004, que fija los plazos de la primera consulta con el especialista, de las pruebas diagnósticas y de algunos procesos asistenciales.

La realidad suele ir por detrás de la norma. En 2026, eldiario.es publicó una demora media de 136 días para ver al especialista en Andalucía, más del doble de lo que marca el decreto. Por eso merece la pena saber cuál es tu plazo y contarlo bien.

El plazo: 60 días naturales para la primera consulta

El SAS tiene como máximo 60 días naturales para atenderte en la primera consulta con el especialista (art. 4.1.b del Decreto 96/2004). Para que se aplique este plazo:

  • Tiene que ser una primera consulta. Las revisiones no cuentan.
  • La tiene que pedir tu médico de familia, es decir, la atención primaria.
  • Tiene que ser de una de las especialidades que recoge el decreto: son 20 y están en su Anexo II.

Da igual de qué hospital dependa tu cita: el Virgen del Rocío, la Macarena, el Clínico de Málaga, el Costa del Sol o cualquier otro. El decreto se aplica en todo el sistema sanitario público de Andalucía.

Algunos procesos tienen su propio plazo, como la sospecha de determinados cánceres (30 días). Y si lo que esperas es una prueba, como una resonancia o un TAC, el plazo es de 30 días (art. 4.1.c). Los casos preferentes y urgentes no se rigen por estos plazos.

Cómo se cuentan los días

Los 60 días son naturales: cuentan todos, también los sábados, los domingos y los festivos. Empiezan a correr el día siguiente a tu inscripción en la lista, que para una consulta es la fecha en que tu médico de familia la pide (arts. 4.2 y 9 del Decreto 96/2004).

Un ejemplo: si tu médico de familia pidió la consulta el 3 de marzo, el día 1 es el 4 de marzo y el día 60, el 2 de mayo. Si te dan cita para después del 2 de mayo, o llega esa fecha sin que te hayan visto, el SAS se ha pasado del plazo.

Si prefieres no hacer la cuenta a mano, el comprobador de plazos del SAS te dice cuántos días llevas y cuál es tu fecha límite.

OjoLa fecha que cuenta no es la de la llamada del hospital.

Es la de la derivación. Si no la tienes a mano, pídela en tu centro de salud antes de reclamar nada.

Qué puedes pedir si el SAS se pasa

Si se supera el plazo, puedes pedir un documento para que te atiendan en un centro privado a cargo del SAS. La Administración tiene 7 días para emitirlo y, si no responde, se entiende concedido (art. 11 del Decreto 96/2004). Te lo explico paso a paso en la guía de la garantía de plazos.

Hay dos situaciones que te hacen perder la garantía (art. 6 del decreto):

  • Rechazar sin justificación la cita en el centro que te ofrezcan, o no acudir a ella.
  • Elegir, por la libre elección de especialista y de hospital (Decreto 128/1997), uno que tenga más demora.

Además, conviene dejar constancia del retraso por escrito. Cómo se hace, con la hoja de reclamaciones o por internet, lo tienes en la guía sobre cómo reclamar al SAS.

Si la espera ya te ha costado dinero o salud

Si te cansaste de esperar y pagaste la consulta en la privada, hay dos vías para intentar recuperar ese dinero: el reintegro de gastos y la responsabilidad patrimonial. Te las explico en la página del reembolso de la sanidad privada.

Si la espera ha empeorado tu salud, la vía es la reclamación patrimonial al SAS. Ten en cuenta que hay 1 año para reclamar un daño, desde que se produce o se manifiesta (art. 67.1 de la Ley 39/2015).

Cronología

De la derivación al documento de garantía

Así avanza tu espera, paso a paso, y esto es lo que puedes hacer en cada momento.

  1. Tu médico de familia

    Te deriva al especialista

    Pide la primera consulta. Esa fecha es la que cuenta: el plazo empieza a correr el día siguiente (D. 96/2004, arts. 4.2 y 9).

  2. El SAS

    Tiene que atenderte dentro del plazo

    Hasta 60 días naturales

    Se cuentan todos los días, también los fines de semana y los festivos.

  3. Tú

    Si se pasa, pides el documento de garantía

    Es el documento para que te atiendan en un centro privado a cargo del SAS. Pídelo antes de pagar nada por tu cuenta.

  4. El SAS

    Responde a tu petición

    Si no contesta a tiempo, el documento se entiende concedido. Es lo que se llama silencio positivo.

    Plazo importante7 días para emitir el documento. Si no responde, se entiende concedido (D. 96/2004, art. 11).

  5. Solo si ya pagaste o la espera te ha perjudicado

    Hay otras vías

    El reembolso de lo que pagaste en la privada o la responsabilidad patrimonial del SAS. Las miramos con tus fechas.

Base legal: Decreto 96/2004, arts. 4, 6, 9 y 11. Es un resumen orientativo: cada caso se estudia por separado.

Atención primaria

¿Y si lo que no llega es la cita con tu médico de familia?

Esa espera no tiene un plazo máximo garantizado.

Los decretos de garantía cubren la primera consulta con el especialista, las pruebas diagnósticas y las operaciones, no la atención primaria. Aun así, puedes poner una reclamación para dejar constancia del retraso y, si la espera ha afectado a tu salud, estudiar la responsabilidad patrimonial.

Cómo poner una reclamación al SAS
Herramienta gratuita

¿Se ha pasado ya el SAS con tu especialista?

Dime qué esperas y desde cuándo, y la herramienta te dice cuántos días llevas y tu fecha límite.

Comprobar mi plazo

Resultado orientativo. No sustituye el análisis de tu caso.

Cómo trabajo

Así lo llevamos juntos

Sin papeleo al principio: empezamos por tus fechas.

  1. Me lo cuentas por WhatsApp

    Dime a qué especialista te derivaron, cuándo y qué te han dicho en el hospital. Si tienes la derivación, hazle una foto.

  2. Cuento tus días

    Con la fecha de la derivación te digo si el SAS se ha pasado del plazo y por cuánto.

  3. Te explico qué pedir

    Reclamación, documento de garantía o reembolso: te digo cuál encaja ahora y qué pasos tiene. No te prometo un resultado: te explico las reglas.

  4. Tú decides y yo me encargo

    Si quieres que lo lleve, preparo los escritos y te voy contando cada paso.

Qué me viene bien tener a mano

  • La derivación de tu médico de familia
  • Los informes médicos que tengas
  • Cualquier carta, SMS o respuesta del hospital
  • La fecha de las llamadas en las que te ofrecieron cita
  • Las facturas, si ya pagaste la privada

Si no lo tienes todo, no pasa nada: empezamos con lo que tengas.

Cuéntame desde cuándo esperas

Te digo si el SAS se ha pasado y qué puedes pedir. Sin compromiso.

Errores frecuentes

Cuatro errores que pueden costarte la garantía

Son fáciles de cometer cuando llevas meses esperando. Mejor tenerlos claros antes de dar ningún paso.

Error 1 · Plazo

Contar desde el día equivocado

El plazo no empieza cuando te llaman del hospital, sino el día siguiente a la fecha en que tu médico de familia pide la consulta (D. 96/2004, arts. 4.2 y 9).

Busca esa fecha en la derivación o pregúntala en tu centro de salud.

Comprueba tu plazo
Error 2

Rechazar la cita en el centro que te ofrecen

Si el SAS te ofrece cita en otro centro y la rechazas sin justificación, o no acudes, pierdes la garantía (D. 96/2004, art. 6).

Si tienes un motivo para no ir, déjalo por escrito y guarda la prueba.

Error 3

Cambiar de especialista sin preguntar por la demora

Si eliges por libre elección un especialista o un hospital con más demora, también pierdes la garantía (D. 96/2004, art. 6, y Decreto 128/1997).

Antes de pedir el cambio, pregunta cómo afecta a tu plazo.

Error 4

Pagar la privada antes de pedir el documento

Si pagas sin pedirlo, recuperar el dinero sigue siendo posible en algunos casos, pero no es automático y el camino es más largo.

Pide primero el documento de garantía. Si ya pagaste, guarda las facturas.

Ver el reembolso de la sanidad privada
Prensa y reseñas

Lo que cuentan quienes ya me han contado su caso

Valoración «Excelente» · 37 reseñas en Google

Atención cercana y transparente, explicándome cada paso del proceso.
Marga S.Reseña en Google
Tras un accidente laboral, la atención, rapidez y agilidad ha sido sorprendente.
Javier F.Reseña en Google
Profesionalidad y claridad a la hora de explicar cada paso.
Hamza N.Reseña en Google

Ver las 37 reseñas en Google (se abre en otra pestaña)

Preguntas frecuentes

Lo que más me preguntan sobre la cita con el especialista

¿El plazo de 60 días vale para cualquier especialista?

Vale para la primera consulta en las especialidades que recoge el Decreto 96/2004 (son 20, en su Anexo II), cuando la pide tu médico de familia. No vale para las revisiones. Si no sabes si tu especialidad está incluida, dime cuál es y lo comprobamos.

¿Puedo reclamar una cita médica tardía en cualquier hospital del SAS?

Los plazos del Decreto 96/2004 son los mismos en todo el sistema sanitario público de Andalucía, sea cual sea tu hospital, del Virgen del Rocío o la Macarena al Clínico de Málaga o el Costa del Sol. Lo que cambia es dónde entregas los papeles, no el plazo que te corresponde.

¿Qué es el documento de garantía y cuánto tarda?

Es el documento que pides cuando el SAS se ha pasado del plazo, para que te atiendan en un centro privado a cargo del SAS. La Administración tiene 7 días para emitirlo y, si no responde, se entiende concedido (D. 96/2004, art. 11). Lo explico con más detalle en la guía de la garantía de plazos.

Me han llamado para darme cita en otro centro, ¿tengo que aceptarla?

Piénsalo bien antes de decir que no: si rechazas sin justificación la cita en el centro que te ofrecen, o no acudes, pierdes la garantía de plazo (D. 96/2004, art. 6). Si tienes un motivo para no ir, déjalo por escrito. Antes de decidir, escríbeme y lo vemos.

¿Y si ya me he ido a la privada?

Entonces hay otras dos vías, el reintegro de gastos y la responsabilidad patrimonial, y cuál encaja depende de tu caso. Guarda las facturas y los informes, y cuéntame tus fechas. Te lo explico en la página del reembolso de la sanidad privada.

¿Tu duda no está aquí?

Escríbeme y te respondo con tu caso delante, sin compromiso.

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