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En toda Andalucía

Fallos en el cribado de cáncer de mama: te explico tus opciones, con calma.

Sé que es un tema muy duro, y que quizá todavía no sabes si te afecta. Te explico, sin prisas y sin tecnicismos, qué se puede reclamar si un fallo en el cribado retrasó tu diagnóstico, qué plazo corre y por dónde empezar.

Cuéntamelo a tu ritmo, sin compromiso.

Colegiado 11001 ICA Málaga

Ex-policía local durante 13 años · Autor de Caminando Derecho

Sin compromiso

Lo miramos juntos, con calma

Antes de decidir nada, te ayudo a ordenar lo que tienes.

  • Qué pruebas del cribado te hicieron y cuándo
  • Qué dice tu historia clínica
  • Desde cuándo cuenta tu plazo
Quiero contártelo
Lo primero es tu salud

No tienes que decidir nada hoy

Si estás en tratamiento, tu salud va primero. Lo legal puede esperar unos días, pero conviene que sepas que hay un plazo.

Para reclamar al SAS tienes 1 año. En daños físicos o psíquicos, ese año empieza a contar desde que te curas o desde que se determinan las secuelas. Fijar tu fecha tiene matices, así que es mejor mirarla pronto, aunque luego decidas con calma.

Plazo para reclamar al SAS1 año desde que te curas o se determinan las secuelas, si son daños físicos o psíquicos.

Base legal: Ley 39/2015, art. 67.1.

Qué puedes hacer

¿Qué puedes hacer ahora?

Son pasos sencillos, que no te comprometen a nada y que te ayudan a saber dónde estás.

Pedir tu historia clínica
Tienes derecho a acceder a ella y a obtener una copia (Ley 41/2002, art. 18). Pídela completa. Cómo solicitar tu historia clínica al SAS
Guardar todo lo del cribado
Las cartas de citación, los resultados que te enviaron y cualquier comunicación posterior.
Apuntar tus fechas
Cuándo te hiciste cada prueba, cuándo te dieron el diagnóstico y cuándo empezaste el tratamiento. Con ellas se calcula el plazo.
Reclamar al SAS, si hubo un daño
Si el fallo retrasó tu diagnóstico y eso te causó un daño, la vía es la responsabilidad patrimonial. Ver la reclamación patrimonial al SAS

Lo que importa es tu caso

La prensa ha informado de fallos en el programa de cribado de cáncer de mama en Andalucía. No voy a repetir aquí cifras ni detalles de lo publicado. Lo que de verdad importa es lo que pasó en tu caso, y eso se ve en tu historia clínica y en tus fechas.

Si estás en tratamiento, lo primero es tu salud. No tienes que decidir nada hoy. Pero sí conviene que sepas que hay un plazo, y desde cuándo cuenta, para que el tiempo no decida por ti.

Cuándo se puede reclamar

Si el cribado te lo hizo la sanidad pública andaluza y un fallo en ese programa retrasó tu diagnóstico, la vía para pedir una compensación es la responsabilidad patrimonial frente al SAS (Ley 40/2015, arts. 32 y 34).

Para que se pueda reclamar, el daño tiene que ser real, poder valorarse y ser concreto en ti. Además, la ley no indemniza lo que no se podía prever según el estado de la ciencia en ese momento (Ley 40/2015, art. 34.1). Por eso no basta con lo que se haya publicado en general: hay que estudiar qué se hizo en tu caso, qué se te comunicó y cuándo.

La pérdida de oportunidad

En los retrasos de diagnóstico casi nunca se puede saber con certeza qué habría pasado con un diagnóstico a tiempo. Para esos casos existe la doctrina de la pérdida de oportunidad: se valora la oportunidad de tratamiento o de curación que se perdió por el retraso.

No se trata de demostrar qué habría pasado, sino de ver si el retraso te quitó opciones reales, y en qué medida. Lo explico con más detalle en la página sobre el error de diagnóstico.

El plazo: 1 año, con matices

Plazo para reclamar al SAS

Tienes 1 año para reclamar. Si son daños físicos o psíquicos, cuenta desde que te curas o desde que se determinan las secuelas (Ley 39/2015, art. 67.1).

Esto significa que, si sigues en tratamiento, es posible que tu plazo aún no haya empezado a correr. Pero fijar esa fecha tiene matices y no conviene darlo por hecho. Es mejor que la miremos pronto, aunque luego te tomes el tiempo que necesites para decidir.

Cómo se reclama

Primero se presenta una reclamación al propio SAS, que tiene 6 meses para resolver. Si no contesta, la reclamación se entiende rechazada (Ley 39/2015, arts. 91.3 y 24.1). Si no te da la razón, el siguiente paso es el recurso ante los juzgados de lo contencioso-administrativo.

Te explico todo el procedimiento, paso a paso, en la reclamación patrimonial al SAS.

Por dónde empezar

Pide tu historia clínica completa: tienes derecho a acceder a ella y a obtener una copia (Ley 41/2002, art. 18). Y apunta tus fechas: cuándo te hiciste cada prueba del cribado, cuándo llegó el diagnóstico y cuándo empezaste el tratamiento.

OjoGuarda todo lo que te llegó del cribado.

Las cartas de citación, los resultados y cualquier comunicación posterior. Si no los encuentras, no te preocupes: los buscamos juntos.

Con esos papeles y tus fechas, te explico qué opciones tienes, sin tecnicismos y sin prometerte nada que no dependa de mí. Si me escribes por un familiar, también podemos hablarlo con calma.

Cuando quieras, lo hablamos

Cuéntamelo a tu ritmo por WhatsApp. Te escucho y te explico tus opciones, sin compromiso.

Cuéntame tu caso

Cómo trabajo

Así lo llevamos juntos, a tu ritmo

Empezamos por escucharte. Lo demás viene después, y siempre te explico cada paso antes de darlo.

  1. Me lo cuentas cuando quieras

    Por WhatsApp o por teléfono, con lo que sepas. No hace falta que lo tengas todo claro.

  2. Ordenamos tus papeles

    Te explico cómo pedir tu historia clínica y qué documentos del cribado conviene guardar.

  3. Estudio tu caso y tu plazo

    Reviso qué se hizo, qué se te comunicó y cuándo, y cuánto plazo te queda. No te prometo un resultado: te explico lo que veo.

  4. Tú decides y yo me encargo

    Si decides reclamar, me ocupo de la reclamación al SAS y te voy contando cada paso.

Qué me viene bien tener a mano

  • Las cartas y los resultados del cribado
  • Los informes del diagnóstico y del tratamiento
  • Las fechas de cada prueba y del diagnóstico
  • Tu historia clínica, si ya la tienes

Si no lo tienes todo, no pasa nada: empezamos con lo que tengas.

Para tenerlo en cuenta

Tres cosas que conviene evitar

Te las cuento para que no te pillen por sorpresa, no para meterte prisa.

Error 1 · Plazo

Pensar que ya es tarde

En daños físicos o psíquicos, el año para reclamar al SAS cuenta desde que te curas o se determinan las secuelas (Ley 39/2015, art. 67.1). Puede que tu plazo aún no haya empezado.

Antes de descartarlo, cuéntame tus fechas y lo miramos.

Error 2

Tirar o perder las cartas del cribado

Las citaciones y los resultados que te llegaron ayudan a reconstruir qué pasó y cuándo.

Guárdalas todas. Si no las encuentras, no te preocupes, las buscamos juntos.

Error 3

Quedarte solo con lo que sale en la prensa

Lo que publican los medios ayuda a entender el contexto, pero no dice nada de tu caso concreto.

Tu caso depende de tu historia clínica y de tus fechas. Eso es lo que miramos.

Reseñas

Lo que cuentan quienes ya me han contado su caso

Valoración «Excelente» · 37 reseñas en Google

Atención cercana y transparente, explicándome cada paso del proceso.
Marga S.Reseña en Google
Tras un accidente laboral, la atención, rapidez y agilidad ha sido sorprendente.
Javier F.Reseña en Google
Profesionalidad y claridad a la hora de explicar cada paso.
Hamza N.Reseña en Google

Ver las 37 reseñas en Google (se abre en otra pestaña)

Cuando quieras, lo hablamos

Cuéntamelo a tu ritmo. Te escucho, te explico tus opciones y tú decides. Sin compromiso.

Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarme sobre los fallos del cribado

¿Cómo sé si me afecta un fallo del cribado?

No te lo puedo decir sin ver tu caso. Lo que sí podemos hacer es revisar juntos tu historia clínica y las comunicaciones del cribado que recibiste, y ver qué pasó y cuándo.

¿Qué plazo tengo para reclamar?

Para reclamar al SAS tienes 1 año. Si son daños físicos o psíquicos, cuenta desde que te curas o desde que se determinan las secuelas (Ley 39/2015, art. 67.1). Fijar esa fecha tiene matices: mándame tus fechas y la miramos.

¿A quién se reclama?

Si el cribado te lo hizo la sanidad pública andaluza, se reclama al SAS por la vía de la responsabilidad patrimonial: primero ante el propio SAS y, si no te da la razón, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo.

Estoy en pleno tratamiento, ¿tengo que reclamar ya?

Tu salud es lo primero. Si sigues en tratamiento, puede que tu plazo todavía no haya empezado a correr, porque en daños físicos cuenta desde la curación o la determinación de las secuelas. Aun así, es mejor saber pronto cuál es tu fecha y decidir después con calma.

¿Cuánto me pueden pagar?

No te voy a dar una cifra sin estudiar tu caso. Depende del daño, de cómo se valore y de lo que se perdió con el retraso. Antes de hablar de cantidades, hay que ver tu historia clínica.

¿Puedo hablarlo contigo sin comprometerme a nada?

Sí. La primera conversación sirve para entender tu caso y explicarte tus opciones. Después decides tú, con calma. Si me escribes por un familiar, también podemos hablarlo.

¿Tu duda no está aquí?

Escríbeme y te respondo con tu caso delante, sin compromiso.

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