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Abogado en Málaga

No te diagnosticaron a tiempo. Vamos a mirar qué pasó.

Un diagnóstico que llega tarde, o que se equivoca, puede cambiar el tratamiento y el pronóstico. Te explico cuándo eso se puede reclamar, por qué vía y con qué plazo, tanto si te atendió el SAS como si fue la sanidad privada.

Cuéntame qué pasó, sin compromiso.

Colegiado 11001 ICA Málaga

Ex-policía local durante 13 años · Autor de Caminando Derecho

José AntonioAbogado en Málaga

TúFui varias veces a urgencias con el mismo dolor y siempre me daban el alta. Al final era algo grave.

José AntonioSiento mucho lo que estás pasando. Lo primero es ver qué se hizo en cada visita, y eso está en tu historia clínica.

José Antonio¿Te atendieron en el SAS o en la privada? De eso dependen la vía y el plazo para reclamar.

Escribe aquí tu mensaje… (abre WhatsApp)

Así empieza una conversación. Es un ejemplo ilustrativo, no un caso real.

Qué se puede reclamar

¿En qué casos puede haber un error de diagnóstico?

Estas son las situaciones más habituales. Ninguna es negligencia de forma automática: en todas hay que estudiar qué se hizo y qué daño te causó.

Diagnóstico equivocado
Te diagnosticaron algo distinto de lo que tenías y por eso no recibiste el tratamiento adecuado.
Diagnóstico tardío
El diagnóstico llegó más tarde de lo que debía, por ejemplo porque no se pidieron a tiempo las pruebas que tu caso requería.
Urgencias y alta prematura
Te dieron el alta en urgencias sin estudiar lo que tus síntomas pedían, y el problema se agravó en casa.
Retraso por la lista de espera
La consulta con el especialista o la prueba tardaron más del plazo máximo del SAS. Ver los plazos máximos del SAS
Fallo en el cribado de cáncer de mama
Si el retraso vino de un fallo en el programa de cribado. Ver los fallos del cribado

Lo que se estudia en cada caso

  • Lex artis

    ¿Se actuó como se debía?

    Si, con los síntomas y los datos que había, se hizo lo que la medicina pedía en ese momento.

  • Daño

    ¿Qué daño te causó?

    El daño tiene que ser real, poder valorarse y venir de esa atención.

  • Pérdida de oportunidad

    ¿Qué perdiste con el retraso?

    Las opciones de tratamiento o de curación que se perdieron por no diagnosticarte a tiempo.

Cada caso se estudia por separado, con la historia clínica delante.

Plazos

Cuánto tiempo tienes para reclamar

El plazo depende de dónde te atendieron. Conviene saber el tuyo cuanto antes.

Plazo para reclamar

  • Si te atendió el SASReclamación patrimonial · Ley 39/2015, art. 67.11 año
  • Si te atendió la privada, sin contratoResponsabilidad extracontractual · CC, art. 1968.21 año
  • Si te atendió la privada, con contratoResponsabilidad contractual · CC, art. 1964.25 años

Desde cuándo cuentan

  • En el SAS, desde el hecho o desde que se manifiesta el daño. Si son daños físicos o psíquicos, desde que te curas o se determinan las secuelas.
  • En la privada sin contrato, desde que supiste del daño.
  • En un retraso de diagnóstico, fijar esa fecha tiene matices. Mándame tus fechas y lo miramos.

Cuándo un error de diagnóstico es una negligencia

Diagnosticar no es una ciencia exacta, y no todo diagnóstico equivocado es una negligencia. La pregunta es otra: si, con los síntomas y los datos que había, se hizo lo que la medicina pedía en ese momento, incluidas las pruebas que tu caso requería. Es lo que se llama lex artis, la forma correcta de actuar en medicina.

Si te atendió la sanidad pública, la ley lo concreta así: no se indemniza lo que no se podía prever según el estado de la ciencia en ese momento (Ley 40/2015, art. 34.1). Si te atendió la privada, la responsabilidad se rige por el Código Civil (arts. 1101 y 1902).

Urgencias y altas prematuras

Muchos de estos casos empiezan en urgencias. Vas con un dolor o un síntoma, te ven, te dan el alta y en casa empeoras. A veces vuelves una segunda o una tercera vez antes de que alguien dé con lo que tenías.

Eso no siempre es una negligencia. Pero si tus síntomas ya apuntaban a algo y no se estudiaron como pedía el caso, o se te dio el alta antes de tiempo, puede reclamarse. Para saberlo, lo primero es ver qué se anotó en cada visita.

La pérdida de oportunidad, en claro

En los retrasos de diagnóstico casi nunca se puede saber con certeza qué habría pasado si te hubieran diagnosticado a tiempo. Para esos casos existe la doctrina de la pérdida de oportunidad: lo que se valora es la oportunidad de tratamiento o de curación que se perdió con el retraso.

Dicho de otra forma, la pregunta no es si con un diagnóstico a tiempo todo habría salido bien. Es si el retraso te quitó opciones reales, y en qué medida. Eso es lo que hay que estudiar en cada caso.

Cuando el retraso viene de la lista de espera

A veces el diagnóstico llega tarde porque la consulta con el especialista o la prueba tardaron demasiado. El SAS tiene plazos máximos para eso, y algunos procesos tienen plazo propio, como la sospecha de determinados cánceres (30 días, D. 96/2004, anexo I).

Puedes comprobar si el SAS se ha pasado del plazo y ver qué opciones tienes en la página de listas de espera del SAS. Si el retraso vino de un fallo en el programa de cribado, lo explico aparte en fallos del cribado de cáncer de mama.

Sanidad pública o privada: la vía y el plazo

  • Si te atendió el SAS, se reclama por responsabilidad patrimonial: primero al propio SAS y, si no te da la razón, ante los juzgados de lo contencioso-administrativo. Tienes 1 año, que en daños físicos o psíquicos cuenta desde la curación o la determinación de las secuelas (Ley 39/2015, art. 67.1). Te lo explico paso a paso en la reclamación patrimonial al SAS.
  • Si te atendió la sanidad privada, la vía es civil. El plazo es de 1 año desde que supiste el daño si la responsabilidad es extracontractual (CC, art. 1968.2) y de 5 años si es contractual (CC, art. 1964.2). También se puede reclamar directamente a la aseguradora (LCS, art. 76).

Por dónde empezar

Pide tu historia clínica completa, con los informes de urgencias de cada visita: tienes derecho a acceder a ella y a obtener una copia (Ley 41/2002, art. 18). Apunta las fechas de cada consulta y de cada prueba, y la del diagnóstico definitivo.

OjoLo importante suele estar al principio.

En un retraso de diagnóstico, las claves suelen estar en las primeras visitas: qué síntomas contaste, qué se anotó y qué pruebas se pidieron o no se pidieron.

¿Quieres que lo miremos juntos?

Cuéntame qué síntomas tenías y qué te dijeron en cada visita. Te digo qué vía tienes y cuánto plazo te queda, sin compromiso.

Cuéntame tu caso

Cómo trabajo

Así lo llevamos juntos

Empezamos por entender qué pasó, sin prisas y sin papeleo.

  1. Me lo cuentas por WhatsApp

    Dime qué síntomas tenías, cuántas veces fuiste y qué te dijeron. Si tienes informes, hazles una foto y mándamelos.

  2. Reunimos tu historia clínica

    Te explico cómo pedirla completa, incluidos los informes de urgencias de cada visita.

  3. Estudio tu caso y tu plazo

    Reviso qué se hizo en cada momento, qué daño te ha causado el retraso y cuánto plazo te queda. No te prometo un resultado: te explico lo que veo.

  4. Tú decides y yo me encargo

    Si quieres seguir, preparo la reclamación, al SAS o a la sanidad privada, y te voy contando cada paso.

Qué me viene bien tener a mano

  • Los informes de urgencias de cada visita
  • Las pruebas que te hicieron y sus resultados
  • El informe donde por fin consta el diagnóstico
  • Las fechas de cada consulta, visita o prueba
  • Las facturas, si te atendieron en la privada

Si no lo tienes todo, no pasa nada: empezamos con lo que tengas.

Errores frecuentes

Cuatro errores que conviene evitar

Son habituales y tienen fácil solución si se ven a tiempo.

Error 1 · Plazo

Esperar a tenerlo todo claro para consultar

Mientras tanto, el plazo puede estar corriendo. En el SAS es de 1 año (Ley 39/2015, art. 67.1) y en la privada puede ser de 1 año también.

Cuéntame tus fechas cuanto antes, aunque todavía no sepas si quieres reclamar.

Error 2

Pedir solo una parte de la historia clínica

En un retraso de diagnóstico, lo importante suele estar en las primeras visitas, no solo en el informe final.

Pídela completa, con los informes de urgencias de cada visita (Ley 41/2002, art. 18).

Cómo solicitar tu historia clínica al SAS
Error 3

Pensar que cualquier error es una negligencia

No todo diagnóstico equivocado se puede reclamar. En la sanidad pública, no se indemniza lo que no se podía prever según el estado de la ciencia (Ley 40/2015, art. 34.1).

Antes de dar nada por hecho, revisamos juntos qué se hizo y qué se podía haber hecho.

Error 4

Dar por hecho que ya es tarde

En el SAS, si son daños físicos o psíquicos, el año cuenta desde que te curas o se determinan las secuelas (Ley 39/2015, art. 67.1). Puede que tu plazo no haya empezado a correr.

Antes de descartarlo, mándame tus fechas y lo miramos.

Reseñas

Lo que cuentan quienes ya me han contado su caso

Valoración «Excelente» · 37 reseñas en Google

Atención cercana y transparente, explicándome cada paso del proceso.
Marga S.Reseña en Google
Tras un accidente laboral, la atención, rapidez y agilidad ha sido sorprendente.
Javier F.Reseña en Google
Profesionalidad y claridad a la hora de explicar cada paso.
Hamza N.Reseña en Google

Ver las 37 reseñas en Google (se abre en otra pestaña)

¿Crees que no te diagnosticaron a tiempo? Cuéntamelo

Te digo qué vía tienes y cuánto plazo te queda. Sin compromiso.

Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarme sobre el error de diagnóstico

¿Se puede demandar a un médico por un mal diagnóstico?

Se puede reclamar si no se actuó como pedía tu caso y eso te causó un daño. En la sanidad pública, la reclamación se dirige al SAS por la vía de la responsabilidad patrimonial. En la privada, la vía es civil, contra el profesional o el centro, y también se puede reclamar directamente a su aseguradora (LCS, art. 76).

¿Qué es la pérdida de oportunidad?

Es una doctrina pensada para los retrasos de diagnóstico, en los que casi nunca se puede saber con certeza qué habría pasado con un diagnóstico a tiempo. Lo que se valora es la oportunidad de tratamiento o de curación que se perdió por el retraso.

Me dieron el alta en urgencias y luego empeoré, ¿puedo reclamar?

Depende de lo que se hizo en esa visita. Si tus síntomas ya apuntaban a algo y no se estudiaron como pedía el caso, puede reclamarse. Si el cuadro no daba señales en ese momento, quizá no. Para saberlo hay que ver el informe de urgencias de cada visita.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un error de diagnóstico?

En el SAS, 1 año desde el hecho o desde que se manifiesta el daño; si son daños físicos o psíquicos, desde que te curas o se determinan las secuelas (Ley 39/2015, art. 67.1). En la privada, 1 año desde que supiste el daño si la responsabilidad es extracontractual (CC, art. 1968.2) y 5 años si es contractual (CC, art. 1964.2).

¿Qué necesito para empezar?

Tu historia clínica completa, incluidos los informes de urgencias: tienes derecho a acceder a ella y a obtener una copia (Ley 41/2002, art. 18). Y las fechas de cada visita y de cada prueba. Si aún no la tienes, cuéntame qué pasó y empezamos por ahí.

¿Tu duda no está aquí?

Escríbeme y te respondo con tu caso delante, sin compromiso.

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